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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Martes, 17 de enero de 2023 Pág. 6604

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Narón (expediente IN407A 2022/127-1).

Expediente: IN407A 2022/127-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Instalación: LMT, CT y RBT As Viñas.

Ayuntamiento: Narón.

Hechos:

Primero. El día 13.4.2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de dicha instalación de distribución eléctrica.

Aportan el proyecto que incluye la memoria, los planos y el presupuesto, al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que abarca los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución de la LMT, CT y RBT As Viñas, firmado por Victoriano Gónzalez Lemos, ingeniero tecnico industrial, esp. electricidad, con número de colegiado 2980 de Vigo, el 13.1.2022 con número de visado 22200072 de 13.1.2022. Según consta en esta jefatura territorial, la especialidad del proyectista quedó acreditada mediante el certificado emitido por el COITI de Vigo el 28.10.2022 en el que se indica que Victoriano González Lemos es ingeniero técnico industrial y tiene la especialidad de electricidad.

– Anexo, firmado por Javier Fernández Mitre, ingeniero industrial, con número de colegiado 15.670 de Madrid, el 7.6.2022.

Segundo. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la resolución publicada en los siguientes medios:

– Acuerdo de información pública: 19.9.2022.

– DOG: 11.10.2022.

– BOP: 23.9.2022.

– Periódico La Voz de Galicia: 29.9.2022.

– Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 9.11.2022.

Tercero. Durante el período en el que se sometió el proyecto al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación o sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

Cuarto. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Narón y la Diputación Provincial de A Coruña. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por el Ayuntamiento de Narón. La Diputación Provincial de A Coruña no contestó a la solicitud en el plazo otorgado, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 127 del Real decreto 1955/2000 se entenderá su conformidad con la autorización de la instalación.

5. El 23.12.2022 fue emitido el preceptivo informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

Segunda. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalación eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalación eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

– Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

Tercera. Características técnicas:

– LMTS a 15 kV, de 801 m (E/S), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×150) mm2 Al, con origen en el PA/S proyectado, en sustitución del existente, en el apoyo núm. AQGAR7P4//10 existente de la línea LMT CRN-705 (expediente 27.263) y final en el empalme proyectado en PAR en la LMT CRN-705 (expediente 51.244).

– CT en calle Cortiña Grande compacto prefabricado telecontrolado de maniobra exterior, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 15.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

Conforme a todo lo señalado,

RESUELVO:

a) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de dicha instalación de distribución eléctrica.

b) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

c) La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá aportar ante esta jefatura territorial una solicitud con la cual se adjuntará la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipación y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

d) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquiera otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 23 de diciembre de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña