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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Martes, 10 de enero de 2023 Pág. 2930

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2022 por la que se autoriza la permuta de puntos de fondeo entre los viveros de cultivos marinos Area Longa II y Costas II.

Visto el expediente instruido a los efectos de autorizar la permuta de puntos de fondeo entre viveros, se apreciaron los siguientes:

a) Antecedentes de hecho:

Primero. Mediante escrito de 10 de noviembre de 2022, Mejillones Rosgar, S.L. (B02917003) y Mª Isabel García Carro (***0896**) solicitaron permiso para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas denominadas Area Longa II y Costas II.

Segundo. Las personas interesadas aportaron la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

Tercero. En el expediente constan los informes técnicos de los viveros.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre), y con la Orden de 21 de febrero de 2022 sobre delegación de competencias en diversos órganos de la dirección de la Consellería del Mar y en la Presidencia de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia (DOG núm. 41, de 1 de marzo).

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia (DOG núm. 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 18 de abril de 2001 por la que se regula el procedimiento que regirá la permuta de puntos de fondeo y los cambios de sistema, ubicación y cultivo en los viveros de cultivos marinos (DOG núm. 83, de 30 de abril).

Vistos los antecedentes citados y de acuerdo con las consideraciones legales y técnicas, esta consellería resuelve otorgarle a Mejillones Rosgar, S.L. (B02917003) y a Mª Isabel García Carro (***0896**) la autorización para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas que se indican:

Subtipo: batea.

Nombre: Area Longa II.

Especies: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Ubicación:

Cuadrícula núm.: 63.

Polígono: H.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Titular: Mejillones Rosgar, S.L. (B02917003).

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Subtipo: batea.

Nombre: Costas II.

Especies: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Ubicación:

Cuadrícula núm.: 29.

Polígono: C.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Titular: Mª Isabel García Carro (***0896**).

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Como consecuencia de la permuta se modifica la ubicación de los títulos habilitantes y quedan como se indica:

Subtipo: batea.

Nombre: Area Longa II.

Ubicación:

Cuadrícula núm.: 29.

Polígono: C.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Subtipo: batea.

Nombre: Costas II.

Ubicación:

Cuadrícula núm.: 63.

Polígono: H.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Segunda. Las bateas afectadas deberán adaptarse a las condiciones de los polígonos de destino.

Tercera. La permuta se realizará en el plazo máximo de 3 meses contados desde el día siguiente a la publicación en el DOG de esta resolución. Finalizado el plazo indicado para la realización de la permuta sin que esta se llevase a cabo, la autorización quedará sen efecto.

Cuarta. Las bateas contarán con la pertinente autorización de los organismos competentes en materia para el traslado a la nueva ubicación.

Quinta. Las fechas de fondeo deberán comunicarse con antelación suficiente, mediante escrito dirigido a la Jefatura Territorial de la Consellería del Mar en Vigo, a efectos de que se realicen bajo la supervisión y control del personal técnico del Servicio de Guardacostas de Galicia.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 2 de diciembre de 2022

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo