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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Jueves, 22 de diciembre de 2022 Pág. 65342

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Vigo

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2022 por la que se pone fin al proceso selectivo para ingresar como personal laboral fijo del grupo II en la categoría de técnico/a medio de tecnologías de la información y comunicaciones, por el sistema de promoción interna.

Mediante la Resolución de 25 de noviembre de 2021, publicada el 9 de diciembre en el Diario Oficial de Galicia (DOG), se convocó un proceso selectivo para ingresar como personal laboral fijo del grupo II en la categoría de técnico/a medio de tecnologías de la información y comunicaciones (TMTIC) por el sistema de promoción interna.

Las únicas personas presentadas y admitidas son José Luis Martínez Pérez y Agustín Outeiral Barbazán, tal y como consta en la relación provisional de personas admitidas y excluidas, publicada en el DOG de 19 de abril de 2022. Ambos candidatos cumplían el requisito de ser personal laboral fijo de administración y servicios de la Universidade de Vigo, encuadrados en el grupo III, en la categoría de técnico especialista de tecnologías de la información y comunicaciones (TETIC).

Por otra parte, estas mismas personas participaron y superaron el proceso selectivo para la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera, convocado mediante la Resolución de 10 de febrero de 2022 (DOG de 22 de febrero), negociado y desarrollado en el marco del Acuerdo de funcionarización del personal laboral fijo de administración y servicios de la Universidad de Vigo, de 5 de julio de 2021, el cual establecía en el artigo 8.B.1 un proceso específico:

La Universidad de Vigo realizará un proceso específico de funcionarización que permita, siempre que cumplan los requisitos de titulación establecidos en el EBEP y en la LEPG, promocionar del grupo III al subgrupo A2 de PAS funcionario al personal laboral fijo de las categorías de técnico/a especialista de tecnologías de la información y comunicaciones y de técnico/a especialista de laboratorio, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional novena del II Convenio colectivo.

Como consecuencia, en un solo proceso adquirieron la condición de funcionarios de carrera y promocionaron al subgrupo de titulación superior, tomando posesión con efectos de 1 de noviembre de 2022 en la escala media de tecnologías de la información y comunicaciones.

Precisamente esta es la escala equivalente a la categoría de personal laboral objeto de la convocatoria en la que participaron; en otras palabras, por la vía de la funcionarización adquirieron la condición de funcionarios en la escala del subgrupo equivalente. En este sentido, el anexo II del Acuerdo de funcionarización (Integración en escalas funcionariales de las categorías profesionales de personal laboral) establece que la categoría de técnico/a medio de tecnologías de la información y comunicaciones se integra en la escala técnica media de tecnologías de la información y comunicaciones, por lo que, de desarrollar el proceso selectivo y de superarlo, los dos candidatos accederían al desempeño como personal laboral de los mismos puestos en los que actualmente desempeñan como personal funcionario.

Finalmente, el 31 de octubre de 2022 se le confirieron efectos de 1 de noviembre de 2022 a la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios, por lo que los puestos de personal laboral quedan significados por su condición de «a extinguir». Por consiguiente, la incorporación de los candidatos que superasen el proceso selectivo de personal laboral tendría que hacerse obligatoriamente como personal funcionario de la escala equivalente, esto es, la que ya poseen ambos aspirantes.

Considerando lo expuesto, y conforme a las atribuciones legalmente conferidas, este rectorado resuelve declarar finalizado el proceso selectivo para ingresar como personal laboral fijo del grupo II en la categoría de técnico/a medio de tecnologías de la información y comunicaciones, por el sistema de promoción interna.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dicto. En este caso, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjera la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Vigo, 13 de diciembre de 2022

Manuel Joaquín Reigosa Roger
Rector de la Universidad de Vigo