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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Miércoles, 14 de diciembre de 2022 Pág. 63438

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Vimianzo (expediente IN407A 2022/261-1).

Expediente: IN407A 2022/261-1.

Solicitante: Electra del Gayoso, S.L.

Denominación: reforma LMTS, CT A Gándara a CT A Toxa, CT A Gándara y RBTS.

Ayuntamiento: Vimianzo.

Hechos:

Primero. El 2 de septiembre de 2022, Electra del Gayoso, S.L. solicitó a esta jefatura territorial el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones del proyecto de ejecución denominado reforma LMTS, CT A Gándara a CT A Toxa, CT A Gándara y RBTS, con la finalidad de dar un nuevo emplazamiento al centro de transformación CT Gándara (IN407A 2006/319-1) motivado por la adecuación e ordenación urbanística del núcleo urbano de A Gándara, ayuntamiento de Vimianzo. Se proyecta el traslado del CT a un nuevo sitio y la instalación de una línea soterrada de media tensión que lo alimentará desde la línea de distribución de media tensión LMT subderivada A Gándara-A Toxa (IN407A 2012/107-1) y su conexión con la red de baja tensión existente mediante dos líneas de baja tensión soterradas.

Segundo. El promotor aportó junto con la citada solicitud el proyecto de ejecución, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado reforma LMTS, CT A Gándara a CT A Toxa, CT A Gándara y RBTS, firmado por Francisco Javier Bouza Cabarcos, ingeniero industrial, número colegiado 867 de Galicia, el 26.8.2022 con número de visado 20222540 de 26.8.2022.

– Anexo, firmado por Francisco Javier Bouza Cabarcos, ingeniero industrial, número colegiado 867 de Galicia, el 10.11.2022.

Tercero. En dicho proyecto, el técnico proyectista acredita el cumplimiento de toda la normativa que es de aplicación, en los términos dispuestos en el artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

Cuarto. El proyecto presentado por Electra del Gayoso, S.L. no se sometió al trámite de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

En cumplimiento del artículo 46.e) de dicha ley, el solicitante declaró que dispone de acuerdos previos con todas las personas titulares de los bienes y derechos afectados.

Quinto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interes general, de una separata del proyecto en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, que contiene las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Electra del Gayoso,S.L. presentó separatas para los siguientes organismos: Ayuntamiento de Vimianzo y Augas de Galicia. No consta en el expediente, una vez transcurrido el plazo otorgado, contestación de los organismos a la solicitud de condicionado nin a la reiteración.

Sexto. Con fecha 16 de noviembre de 2022, los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron informe sobre la solicitud hecha por Electra del Gayoso,S.L.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial de A Coruña de la Consellería de Economía, Industria e Innovación es competente para resolver el presente expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero) y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio).

2. La legislación de aplicación a este expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (BOE núm. 175, de 24 de junio).

– Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Consellería de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 18 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

3. Las características más significativas de las instalaciones recogidas en el proyecto reforma LMTS, CT A Gándara a CT A Toxa, CT A Gándara y RBTS, objeto de la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción, son:

• LMTS a 20 kV, de 2×80 m (E/S), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen y remate en los empalmes proyectados en arqueta existente entre la LMT subderivada A Gándara-A Toxa (IN407A 2012/107-1), haciendo E/S en el CTC proyectado. Nuevo PAR (2) donde se harán los empalmes entre la LMT DER A Gándara (IN40A7 2006/319-1) y la LMT subderivada A Gándara-A Toxa (IN407A 2012/107-1)

• Cambio de emplazamiento del CT A Gándara (IN407A 2006/319-1) existente compacto prefabricado, con una potencia de 250 kVA, una relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo el indicado,

RESUELVO:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones de media tensión recogidas en el proyecto reforma LMTS, A CT Gándara a CT A Toxa, CT Gándara y RBTS, de características anteriormente descritas, con las siguientes consideraciones:

– La presente autorización se otorga sin perjuicio de aquellas concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que sean de aplicación según la legislación vigente, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y el medio ambiente, tal y como se dispone en el artículo 120.2 del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

– De conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la presente autorización se circunscribe a las instalaciones de tensión mayor de 1 kV.

– Las instalaciones se ejecutarán en el plazo de un (1) año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

– Para la puesta en funcionamiento de las instalaciones, Electra del Gayoso, S.L. solicitará a esta jefatura territorial la autorización de explotación de las mismas, acompañada de la siguiente documentación:

a) Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

b) Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

c) Toda la documentación exigible según la ITC LAT-04 del Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, y la ITC RAT-22 del Real decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan promover cualquier otra acción que consideren pertinente para la defensa de sus intereses.

Mediante este documento se notifica a Electra del Gayoso, S.L. esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 17 de noviembre de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña