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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Martes, 13 de diciembre de 2022 Pág. 63198

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 2 de diciembre de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) del proyecto de ejecución del parque eólico Escoiras, en los ayuntamientos de Muras y Ourol (expediente IN408A/2020/018).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Antecedentes:

• El 25.3.2022, Adelanta Corporación, S.A. presentó solicitud de modificación sustancial para la autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica y de sus infraestructuras de evacuación para el proyecto denominado parque eólico Escoiras, al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la disposición final séptima de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre), y por la disposición final sexta de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

• El 30.5.2022, se notificó a la promotora el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 30 y 31 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre (en adelante la Ley 8/2009).

• El 10.6.2022, la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales solicitó el informe recogido en el artículo 33.7 de la Ley 8/2009 al órgano competente en materia de territorio.

• El 5.7.2022, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe previsto en el mencionado artículo 33.7, en el que se indica que los aerogeneradores cumplen con la distancia mínima de 900 m a núcleos de población regulada en el PSEGA respecto de las delimitaciones de suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable.

• El 15.11.2022 y de acuerdo con el artículo 33.9 de la Ley 8/2009, la DGPERN envió a esta jefatura territorial el expediente para continuar con su tramitación.

Las instalaciones incluidas en el proyecto se describen a continuación:

Solicitante/Promotora: Adelanta Corporación, S.A. NIF A32015547.

Domicilio social: parque de San Lázaro, nº 7, planta 1, 32003 Ourense.

Denominación del proyecto: parque eólico Escoiras.

Situación: ayuntamientos de Muras y Ourol (Lugo).

Potencia instalada: 21 MW.

Número de aerogeneradores que se van a instalar: 4.

Producción neta anual estimada: 62.938 MWh/año.

Presupuesto total (ejecución material): 12.408.576 €.

Coordenadas perimétricas de la poligonal del parque eólico:

Vértice

Datum ETRS89 (huso 29)

UTM-X

UTM-Y

1

611.800

4.818.400

2

612.600

4.818.400

3

612.600

4.817.400

4

612.349

4.817.400

5

611.658

4.817.950

6

611.075

4.817.204

7

611.010

4.817.204

8

611.010

4.817.304

9

610.600

4.817.550

10

610.600

4.818.000

Coordenadas del emplazamiento de los aerogeneradores:

Aeroxerador

Datum ETRS89 (huso 29)

Ayuntamiento

UTM-X

UTM-Y

ESC1

612.188

4.818.131

Muras

ESC2

612.461

4.818.146

Muras

ESC3

611.183

4.817.849

Muras

ESC4

611.013

4.817.455

Ourol

Características técnicas principales de las instalaciones:

• Cuatro (4) aerogeneradores, dos (2) de 6.0 MW de potencia nominal unitaria, con 105 m de altura de buje y 150 m de diámetro de rotor y dos (2) de 4.5 MW de potencia nominal unitaria, con 82/105 m de altura de buje y 136 m de diámetro de rotor.

• Cuatro (4) centros de transformación integrados en el interior de cada uno de los aerogeneradores, con potencia unitaria de 7.000 kVA, en el caso de los dos aerogeneradores de 6.0 MW, y de 5.300 kVA en el caso de los dos de 4.5 MW, relación de transformación 0,72/30 kV, con su correspondiente equipamiento de maniobra, protección y demás elementos auxiliares.

• Red eléctrica para la evacuación de energía a 30 kV, de interconexión entre los aerogeneradores y el centro de seccionamiento y medida, compuesta por un tramo enterrado con conductores tipo RHZ1-OL 1×240 mm2 Al 18/30 kV + H16. En la zanja de la línea colectora también se colocarán los cables de tierras y los de fibra óptica para comunicaciones, y por tramo aéreo con conductores LA-145 (119-AL1/28-ST1A).

• Obra civil consistente en caminos de acceso al parque e interiores de acceso a los aerogeneradores, plataformas de montaje, centro de seccionamiento y medida, cimentaciones y zanjas de cableado.

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.d) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Objeto de la información pública:

• Proyecto de ejecución (firmado el 25.3.2022).

• Estudio de impacto ambiental (EIA) (firmado el 15.7.2022).

• Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico) (firmado el 25.3.2022).

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, y demás normas anteriormente citadas, para el conocimiento general, y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos o intereses puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contarán a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía de esta Jefatura Territorial de Lugo de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en el teléfono 982 88 94 39), así como en los ayuntamientos de Muras y Ourol (Lugo). Además, se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación a través del siguiente enlace:

https://economia.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/escoiras

Lugo, 2 de diciembre de 2022

Gustavo J. Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo