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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Lunes, 12 de diciembre de 2022 Pág. 62829

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

ORDEN de 2 de diciembre de 2022 por la que se modifica la Orden de 14 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, de carácter plurianual y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades de acción voluntaria y entidades locales de Galicia para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento BS508E).

En el Diario Oficial de Galicia número 184, de 27 de septiembre de 2022, se publicó la Orden de 14 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, de carácter plurianual y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades de acción voluntaria y entidades locales de Galicia para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento BS508E).

El objeto de la convocatoria es la financiación de la elaboración y ejecución de los proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional que contengan actividades basadas en el reconocimiento de la experiencia de las personas mayores que puedan servir como catalizador para fomentar las iniciativas de las personas más jóvenes, en aquellos sectores y actividades que presenten mayores dificultades de relevo generacional y que estén comprendidos en las líneas específicas establecidas en dicha orden, que permitan aportar nuevas oportunidades de empleo y asentamiento poblacional al territorio y que garanticen, en todo caso, la consecución de los objetivos marcados en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia dentro de las políticas palanca de la nueva economía de los cuidados y políticas de empleo y, de manera transversal, de la agenda urbana y rural, de la lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura para los años 2022 y 2023. La ejecución de los proyectos tendrá como fecha límite el 20 de octubre de 2023.

En el artículo 23, en su primer número, se establece que «1. Una vez notificada la resolución de concesión de la ayuda, y hasta las fechas límite que se establecen para la presentación de la justificación correspondiente a cada anualidad, las entidades beneficiarias procederán a la justificación ante la dirección general competente en materia de juventud y voluntariado de la totalidad del proyecto evaluado por la Comisión de acuerdo con su planificación plurianual y lo indicado en esta orden.

En este sentido, las actividades que se desarrollen en el año 2022 se justificarán a más tardar el 16 de diciembre de 2022 y las programadas para el ejercicio 2023 se justificarán dentro de este ejercicio y a más tardar el 1 de noviembre de 2023».

La fecha de publicación de la convocatoria determina que la fase de instrucción y la resolución del procedimiento finalizará más allá de las fechas inicialmente previstas, por lo que, con el fin de garantizar la mayor eficacia posible en el desarrollo de los proyectos de intervención subvencionados, se considera recomendable modificar el plazo de finalización de la justificación de la anualidad de 2022, inicialmente contemplada.

Esta ampliación del plazo está amparada en el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, según el cual el órgano concedente de la subvención podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación que no exceda de la mitad de este, y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

En consecuencia, en uso de las facultades que tengo atribuidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y por el Decreto 124/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social y Juventud,

RESUELVO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 14 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, de carácter plurianual y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades de acción voluntaria y entidades locales de Galicia para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento BS508E)

El primer número del artículo 23, referido a la justificación de las subvenciones de la Orden de 14 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones, de carácter plurianual y en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades de acción voluntaria y entidades locales de Galicia para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento BS508E), queda redactado como sigue:

«1. Una vez notificada la resolución de concesión de la ayuda, y hasta las fechas límite que se establecen para la presentación de la justificación correspondiente a cada anualidad, las entidades beneficiarias procederán a la presentación de la justificación ante la dirección general competente en materia de juventud y voluntariado referida a la totalidad del proyecto evaluado por la comisión de acuerdo con su planificación plurianual y lo indicado en esta orden.

En este sentido, las actividades que se desarrollen en el año 2022 se justificarán a más tardar el 30 de diciembre de 2022 y las programadas para el ejercicio 2023 se justificarán dentro de este ejercicio y a más tardar el 1 de noviembre de 2023».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 2022

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud