Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Jueves, 24 de noviembre de 2022 Pág. 60925

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

ORDEN de 18 de noviembre de 2022 por la que se hace público el incremento de crédito de las ayudas previstas en la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C).

La Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C) estipula en su artículo 2.1 que a las ayudas que se establecen en su articulado se destina un presupuesto total de 10.636.364,00 euros con el siguiente desglose:

Aplicación presupuestaria

Año 2021

Año 2022

Total

2021.13.02.312B.470.2

6.000.000,00 €

3.818.182,00 €

9.818.182,00 €

2021.13.02.312B.481.3

500.000,00 €

318.182,00 €

818.182,00 €

Total

6.500.000,00 €

4.136.364,00 €

10.636.364,00 €

En el apartado 2 del artículo 2 establece que el crédito consignado en la aplicación 2021.13.02.312B.470.2 podrá ser objeto de ampliación, tal y como se establece en el artículo 7.uno.s) del proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de 20 de noviembre de 2020.

En el apartado 3 de dicho artículo se establece que el crédito consignado en la aplicación 2021.13.02.312B.481.3, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, se podrá ampliar cuando el aumento venga derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito, cuando existan remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

Finalmente, en su apartado 4 se indica que el incremento de los créditos señalados en los apartados anteriores queda condicionado a la declaración de su disponibilidad previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. La ampliación del crédito se publicará en los mismos medios que la convocatoria sin que implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

De conformidad con lo expuesto, mediante la Orden de 16 de abril de 2021 se hace público el incremento del crédito de las ayudas previstas en la Orden de 30 de diciembre de 2020 en las siguientes cuantías:

Aplicación presupuestaria

Año 2021

Año 2022

Total

2021.13.02.312B.470.2

3.500.000,00 €

2.250.000,00 €

5.750.000,00 €

Posteriormente, mediante la Orden de 11 de marzo de 2022 se hace público un nuevo incremento del crédito de las ayudas previstas en dicha Orden de 30 de diciembre de 2020 en las siguientes cuantías:

Aplicación presupuestaria

Año 2022

2022.13.02.312B.470.2

947.856,00 €

2022.13.02.312B.481.3

55.000,00 €

Total

1.002.856,00 €

Dada la insuficiencia de crédito de la Orden de 30 de diciembre de 2020 debido al aumento del número de niños/as segundos hermanos y sucesivos/as beneficiarios de la gratuidad de la atención educativa y de la matrícula, es necesario nuevamente en la anualidad 2022 incrementar el crédito en la aplicación presupuestaria 13.02.312B.470.2 y en la aplicación 13.02.312B.481.3 para atender dicho aumento de alumnado. Puesto que existe crédito disponible en las citadas aplicaciones presupuestarias 13.02.312B.470.2 y 13.02.312B.481.3, al amparo de lo establecido en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, parece oportuno proceder a dicho incremento.

Se pretende así dar cumplimiento a uno de los objetivos del Programa de apoyo a la natalidad puesto en marcha por la Xunta de Galicia, que es facilitar a la ciudadanía el acceso a recursos de educación infantil de calidad, dado que constituyen un pilar esencial para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que me fueron conferidas,

RESUELVO:

Artículo único. Incremento de los créditos

Se incrementa el crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C). El importe de dicho incremento es el siguiente:

Aplicación presupuestaria

Año 2022

2021.13.02.312B.470.2

1.852.600,00 €

2021.13.02.312B.481.3

87.800,00 €

Total

1.940.400,00 €

La publicación de esta orden no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2022

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud