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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Miércoles, 23 de noviembre de 2022 Pág. 60723

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ORDEN de 17 de noviembre de 2022 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 28 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de recogida de residuos especiales de competencia municipal, cofinanciadas por el fondo europeo relativo al Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el año 2022 (código de procedimiento MT975M).

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda publicó, en el Diario Oficial de Galicia número 87, de 5 de mayo de 2022, la Orden de 28 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de recogida de residuos especiales de competencia municipal, cofinanciadas por el fondo europeo relativo al Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el año 2022 (código de procedimiento MT975M).

Mediante la Resolución de la directora general de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático de 20 de octubre de 2022 (DOG núm. 208, del miércoles 2 de noviembre), por delegación de la persona titular de la Consellería, se resolvió el procedimiento de concesión de estas subvenciones.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 21 de las citadas bases reguladoras, la fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será del 30 de noviembre del año correspondiente a la anualidad a la que se impute el presupuesto, de la siguiente manera:

a) El 30 de noviembre de 2022 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2022.

b) El 30 de noviembre de 2023 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2023.

c) El 30 de noviembre de 2024 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2024.

d) El 30 de noviembre de 2025 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2025.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros. Por su parte, el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, indica que la ampliación se podrá acordar de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

En consecuencia, teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas y las solicitudes de ampliación del plazo de justificación formuladas por parte de las entidades beneficiarias, motivadas por las dificultades que están encontrando para ejecutar y justificar las inversiones subvencionadas en la referida fecha límite, debido tanto a cuestiones presupuestarias como de procedimiento de contratación de las obras y/o demora en las entregas de materiales por los proveedores, se considera necesario modificar el apartado 4 del artículo 21 de la Orden de 28 de abril de 2022, al objeto de ampliar el plazo de justificación previsto inicialmente, sin que con ello se ocasionen perjuicios a terceros y sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa indicada.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 28 de abril de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de recogida de residuos especiales de competencia municipal, cofinanciadas por el fondo europeo relativo al Mecanismo de recuperación y resiliencia de la UE en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el año 2022 (código de procedimiento MT975M)

El apartado 4 del artículo 21 queda redactado de la siguiente manera:

«4. La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de diciembre del año correspondiente a la anualidad a la que se impute el presupuesto, de la siguiente manera:

a) El 30 de diciembre de 2022 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2022.

b) El 30 de diciembre de 2023 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2023.

c) El 30 de diciembre de 2024 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2024.

d) El 30 de diciembre de 2025 para los gastos que se imputen al presupuesto correspondiente a la anualidad 2025».

Disposición final. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda