De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, se notifican, por medio del presente anuncio en el BOE, en el DOG y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Maceda, a los interesados que resultan desconocidos, se ignora el lugar de notificación o bien, intentada la notificación personal, no se pudo practicar, las resoluciones de los procedimientos que se citan a continuación:
Expediente |
Acto que se notifica |
Personas propietarias |
Polígono-parcela/referencia catastral |
785/2022 |
Resolución de la Alcaldía sobre incoación de eliminación de biomasa sin gestionar en suelo de núcleo rural colmatado |
José Saa |
Polígono 142, parcela 17 |
785/2022 |
Resolución de la Alcaldía sobre incoación de eliminación de biomasa sin gestionar en suelo de núcleo rural colmatado |
José Luis Otero Fernández |
Polígono 142, parcela 18 |
41/2022 |
Resolución de la Alcaldía sobre incoación de eliminación de biomasa sin gestionar en suelo urbano |
Francisco Pérez Dávila |
Referencia catastral 1104009PG1810S0001GA |
788/2022 |
Resolución de la Alcaldía sobre incoación de eliminación de biomasa sin gestionar en suelo de núcleo rural colmatado |
Herederos de Agustín Rey |
Polígono 107, parcela 278 |
715/2022 |
Resolución de la Alcaldía sobre incoación de eliminación de biomasa sin gestionar en suelo de núcleo rural colmatado |
Josefa López Rodríguez |
Polígono 161, parcela 33 |
Se requiere a los propietarios para que en el plazo máximo de quince (15) días naturales, contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOE, procedan a la gestión de la biomasa en la parcela indicada, de conformidad con los artículos 21 y 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y los artículos 135 y 136 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
En caso de incumplimiento, se podrá proceder a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, al decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia. Todo ello sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.
El texto íntegro del documento y resto de trámites del expediente se podrán consultar, por comparecencia de la persona interesada, en el departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Maceda para su conocimiento.
Maceda, 18 de octubre de 2022
Rubén Quintas Rodríguez
Alcalde