BDNS (Identif.): 656222.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Se establecen dos categorías de entidades beneficiarias de esta convocatoria:
Categoría 1. Las personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas titulares, arrendatarias o poseedoras de cualquier otro título de disponibilidad de espacios escénicos y/o musicales abiertos al público, situados en la Comunidad Autónoma, habilitados legalmente para organizar espectáculos escénicos y musicales en directo con público.
Categoría 2. Las entidades públicas que integran la Administración local, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y sus organismos dependientes titulares, arrendatarios o poseedores de cualquier otro título de disponibilidad de espacios escénicos y musicales abiertos al público situados en Galicia, habilitados legalmente para organizar espectáculos escénicos y musicales en directo con público
Segundo. Finalidad
Estas ayudas están destinadas a cubrir la inversión dedicada a la transición verde y transformación de los espacios escénicos y musicales que impulsen un crecimiento inteligente y sostenible de su gestión.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 20 de octubre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, al amparo de los fondos NextGenerationEU y del Mecanismo de recuperación y resiliencia del Reglamento UE 2021/241, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento CT404E).
Cuarto. Importe
Las ayudas relativas al objeto de esta resolución se financiarán con un crédito total de 880.046,81 euros, de los presupuestos de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales de 2023, código de proyecto 2021 00003, distribuido:
600.000 euros de la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.760.1.
280.046,81 euros de la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.770.1.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
2. Si la solicitud no está debidamente cubierta, no se aporta la documentación exigida o no se reunen los requisitos señalados en la normativa de la convocatoria o los que, con carácter general, se indican en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la persona interesada será requerida para que en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento, enmiende el defecto advertido, la falta detectada o presente los documentos preceptivos, y se indica además que, de no hacerlo, se considerará que desiste en su petición, después de resolución que declarará esta circunstancia y que deberá ser dictada en los términos previstos en la ley.
Santiago de Compostela, 20 de octubre de 2022
Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales