Por Acuerdo de 20 de enero de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense, se sometieron a información pública las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción, el proyecto de interés autonómico y el estudio de impacto ambiental del parque eólico Marcofán, ubicado en los ayuntamientos de O Irixo, Boborás y Beariz, en la provincia de Ourense (DOG núm. 18, de 27 de enero).
El 14 de septiembre de 2022 tuvo entrada en esta jefatura territorial la solicitud presentada por Marcofán Eólica, S.L. relativa a la declaración de utilidad pública del parque eólico Marcofán, con la correspondiente relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, que se incluye en el anexo de este acuerdo, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 44.4 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en el artículo 44 de la citada Ley 8/2009, de 22 de diciembre, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud de la declaración de utilidad pública relacionada con las instalaciones descritas en el Acuerdo de 20 de enero de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense (DOG núm. 18, de 27 de enero), que se describen a continuación:
Solicitante: Marcofán Eólica, S.L.; CIF: B32495202.
Denominación del proyecto: parque eólico Marcofán.
Ayuntamientos afectados: O Irixo, Boborás y Beariz (Ourense).
Potencia a instalar: 39,2 MW.
Número de aerogeneradores: 7×5,6 MW de potencia nominal unitaria.
Producción neta anual estimada: 113.198 MWh/año.
Subestación: colectora Paraño (objeto de otro expediente).
Línea de evacuación: CSM PE Marcofán-arqueta receptora subestación colectora Paraño.
Plazo de ejecución: 9 meses.
Presupuesto de ejecución material: 24.226.677 €.
Características técnicas recogidas en el proyecto:
– 7 aerogeneradores modelo V162 de 5,6 MW del fabricante Vestas, con una altura de buje de 119 m, diámetro de rotor de 162 m, con sus correspondientes centros de transformación, situados en la propia góndola de los aerogeneradores, con potencia unitaria de 7.000 kVA y relación de transformación de 0,720/30 kV.
– Red eléctrica subterránea a 30 kV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y el centro de seccionamiento y medida (CSM) del parque eólico, compuesta por tres circuitos con conductores tipo Al RHZ1-OL 18/30 (36) kV de sección variable según el tramo, el circuito 1 para la interconexión de los aerogeneradores AG1 y AG2, circuito 2 para los AG3, AG4 y AG5, y el circuito 3 para los AG6 y AG7.
– Centro de seccionamiento y medida (CSM) del parque eólico, edificio prefabricado en envolvente de hormigón monobloque, con celdas de protección de entrada y salida de línea a 30 kV, con interruptor automático Inom 1200 A, celda de medida de tensión y celda de protección de transformador para SSAA, de 50 kVA RT 30/0,42 kV. Equipos de control del parque compuesto por PC y software tipo SCADA para la supervisión local y remota de instalaciones y de equipo y medida y facturación.
– Línea de evacuación LSAT a 30 kV compuesta por tres circuitos eléctricos subterráneos, ejecutados en zanja única y conductores RHZ1 18/30 kV 3×(1×240/400/630) Al, con origen en el CSM del PE Marcofán y fin en arqueta receptora en la subestación colectora Paraño (objeto de otro expediente).
El objeto de la información pública será la solicitud de la declaración de utilidad pública para las citadas instalaciones. La declaración de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
Documentación que se expone:
1. La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y de derechos afectados (RBDA-junio 2022).
Lo que se hace público, para el conocimiento general, así como en particular, de los propietarios de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, y de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hayan sido omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada, y en su caso, presentar las alegaciones o las observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.
Toda la documentación se podrá examinar en la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación en Ourense, calle Curros Enríquez, nº 1, 32003 Ourense, en los ayuntamientos afectados, y en el siguiente enlace web de la Consellería:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
Ourense, 19 de septiembre de 2022
Alicia María López Míguez
Jefa territorial de Ourense