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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Viernes, 14 de octubre de 2022 Pág. 55053

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 4 de outubre de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, y la declaración de utilidad pública de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Ribeira de Piquín (expediente IN407A 2022/131-2).

A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, someter a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción, y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.

Denominación: proyecto para cierre de anillo 20 kV LMT Fonsagra_1 (SE_Meira) con LMT Meira_2 (SE_Fonsagrada) CT Outariz (CD_260)-CT Vilares (CD_1035).

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.

Domicilio social: calle Aller Ulloa, Ramón María, 9, 27003 Lugo.

Características técnicas principales:

• Línea de media tensión aérea a 20 kV, con una longitud de 2.213 m en conductor 94-AL1/22-ST1A (LA 110), con origen en el apoyo núm. 0 proyectado en relevo del apoyo BMT200000368-4BM02228-9 existente de la LMT Fonsagra_1 y final en la conversión aéreo-enterrada del apoyo núm. 14 proyectado.

• Línea de media tensión soterrada a 20 kV, con una longitud de 45 m en conductor RHZ1-OL 12/20 kV 1x240 K Al + H16, con origen en la conversión aéreo-enterrado del apoyo existente (código 1035) de la LAT Meira_2 en el que está instalado el centro de transformación intemperie Vilares que se va a desmontar y final en el centro de transformación (CT) proyectado de Vilares.

• Línea de media tensión soterrada a 20 kV, con una longitud de 85 m en conductor RHZ1-OL 12/20 kV 1x240 K Al + H16, con origen en el CT proyectado de Vilares y final en la conversión aéreo-enterrada del apoyo núm. 14 de la LMT Fonsagra_1 con Meira_2 proyectada.

• Centro de transformación prefabricado, con una potencia de 50 kV, relación de transformación 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figuran en el anexo que se inserta junto con esta resolución.

Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en esta jefatura territorial (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, ronda de la Muralla, 70) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.

Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta jefatura territorial de lunes a viernes entre las nueve de la mañana y las dos de la tarde, y en el siguiente enlace web de la Consellería:

https://economia.xunta.gal/transparencia/distribucion-transporte/lat-fonsagrada1

Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 27 de junio).

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa su lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se haya podido realizar, y así dirigirle al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 da Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Lugo, 4 de octubre de 2022

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo

ANEXO

Proxecto: cierre del anillo 20 kV LMT Fonsagra_1 (SE_Meira) con LMT Meira_2 (SE_Fonsagrada) CT Outariz (CD_260)-CT Vilares (CD_1035).

Ayuntamiento: Ribeira de Piquín.

Expediente: IN407A 2022/131-2.

R.B.D.A. para expropiación

Nº de finca

Propietario

Fincas

Afecciones

Nombre y apellidos

Datos catastrales

Paraje

Cultivo

Apoyo

LAT aérea

LAT subterránea

Políg.

Parc.

Sup. (m2)

Long. (ml)

Sup. (m2)

Sup. ocupac. temporal obras y accesos (m2)

Sup. ocupación permanente (m2)

1

González Alonso Elia

33

349

Valiñas

Monte alto

334

529

107

Monte bajo

0

2

195

65

2

García Cancio Amable

33

339

Valiñas

Monte alto

69

2.108

9

Monte bajo

1

2

2.039

755

3

García Cancio Amable

33

318

Cortiña

Monte bajo

75

75

4

García Cancio Amable

33

317

Cortiña

Monte bajo

91

91

5

García Cancio Amable

33

729

Cortiña

Monte bajo

112

112

6

García Cancio Amable

33

319

Cortiña

Monte bajo

241

241

7

García Cancio Amable

33

728

Cortiña

Monte bajo

69

69

8

García Cancio Amable

33

727

Cortiña

Monte bajo

10

10

9

García Cancio Amable

33

298

Cortiñoa

Monte bajo

702

702

10

García López José María

33

299

Cortiñoa

Monte bajo

34

34

11

López López Jesús

33

295

Cortiñoa

Monte bajo

2

2

453

453

66

12

González Alonso Elia

38

45

Curtiña

Monte bajo

3

3

868

868

72

14

Fernández Pin María Pura Concepción

38

41

Curtiña

Monte alto

151

151

16

García López José María

38

42

Curtiña

Monte alto

500

500

17

Fernández Pin María Pura Concepción

38

38

Curtiña

Monte alto

5

5

19

González Alonso Elia

38

50

Curtiña

Monte alto

866

866

206

20

López López Jesús

38

57

Curtiña

Monte alto

605

605

132

21

Álvarez Fernández María Teresa

38

10056

Curtiña

Monte alto

583

583

137

22

Álvarez Fernández María Teresa

38

56

Monte alto

48

48

23

Álvarez Fernández María Teresa

37

72

Estivo

Monte alto

4

3

1.093

1.093

49

25

Álvarez Fernández María Teresa

37

74

Estivo

Monte alto

6

3

1.687

1.687

152

27

López López Jesús

37

79

Estivo

Monte alto

92

92

28

González Alonso Elia

36

203

Pando

Monte alto

2.636

2.636

236

29

Fernández Pin María Pura Concepción

36

202

Pando

Monte alto

7

2

3.250

3.250

703

30

García Cancio Amable

36

201

Pando

Monte bajo

301

301

96

33

González Vidal María Alicia

36

198

Pando

Monte alto

1.311

1.311

Monte bajo

9

2

1.899

1.899

93

35

Conde García Dulcina

36

196

Trigin

Monte alto

268

268

38

Carrín Fernández Dionisio

37

145

Trasdosco

Monte bajo

4

4

39

Linares Díaz Sixto

37

146

Trasdosco

Monte bajo

54

54

41

Fernández Vidal José

37

148

Trasdosco

Monte bajo

14

10

63

63

48

12