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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Jueves, 29 de septiembre de 2022 Pág. 51720

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ORDEN de 28 de septiembre de 2022 por la que se modifica la Orden de 21 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en el ámbito de los parques naturales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MT819A).

El día 13 de enero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 21 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en el ámbito de los parques naturales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MT819A).

En su artículo 1 se dispone que la orden tiene por objeto regular las bases del régimen de ayudas dirigidas a restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad en las zonas Natura 2000, los sistemas agrarios de alto valor natural, así como mejorar el estado de los paisajes agrarios gallegos dentro de los espacios protegidos o en sus áreas de influencia socioeconómica por medio de proyectos que contribuyan a la mejora del paisaje rural tradicional y de sus elementos representativos, y para el mantenimiento de las condiciones ambientales necesarias dirigidas a la conservación o recuperación de especies relacionadas con el medio agrario y sus hábitats. Se incluirán ayudas destinadas a inversiones no productivas necesarias para alcanzar objetivos ambientales, es decir, inversiones que no den lugar a un aumento significativo del valor o de la rentabilidad de las explotaciones agrícolas o que contribuyan a la mejora del carácter de utilidad pública de las zonas Red Natura 2000 pertenecientes a los parques naturales.

Asimismo, se convocan las ayudas correspondientes al ejercicio presupuestario del año 2022 en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento MT819A).

La orden establece en su artículo 8 un plazo de presentación de solicitudes de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, comenzando dicho plazo el día 14 de enero de 2022 y finalizando el día 14 febrero de 2022.

El artículo 22.7 establecía inicialmente que la notificación de finalización de las acciones (total o parcial) y la solicitud de pago de las ayudas deberán justificarse con fecha límite de 1 de septiembre de 2022 para la anualidad del año 2022 y de 31 de marzo de 2023 para la anualidad del año 2023. Además, la orden recogía que estos plazos serán, en todo caso, improrrogables.

A consecuencia de la sobrecarga administrativa de los departamentos responsables de la tramitación de estos expedientes, derivada del elevado número de disposiciones publicadas con carácter de ayuda y el elevado número de solicitudes recibidas, así como la dificultad material de ejecutar los mismos en los plazos previstos en la orden de ayudas, con fecha de 18 de agosto se publicó la Orden de 8 de agosto de 2022 por la que se modifica la Orden de 21 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en el ámbito de los parques naturales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MT819A), estableciendo el 30 de septiembre de 2022 como fecha límite para la justificación de la anualidad del año 2022.

Sin embargo, atendiendo a que las ayudas dirigidas a ayuntamientos y empresas fueron adjudicadas el día 25 de agosto, las dirigidas a particulares el día 26 de agosto y las dirigidas la asociaciones están actualmente en fase de propuesta de adjudicación, se hace necesaria una nueva ampliación que garantice la posibilidad de ejecución de los proyectos aprobados por parte de los beneficiarios de las ayudas.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo 22.7 de la Orden de 21 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2022 de las ayudas a inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y climáticos en el ámbito de los parques naturales de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, en los siguientes términos:

1. Se modifica el artículo 22.7, que queda redactado como sigue: «La notificación de finalización de las acciones (total o parcial) y la solicitud de pago de las ayudas deberán justificarse con fecha límite de 1 de noviembre de 2022 para la anualidad del año 2022 y de 31 de marzo de 2023 para la anualidad del año 2023. A estos efectos, se considera gasto realizado el que fue efectivamente abonado con anterioridad a la finalización del período de justificación».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia

Santiago de Compostela, 28 de septiembre de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda