Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.
Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.
Con fecha 27 de mayo de 2022 el Pleno de la Diputación Provincial de A Coruña aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Ames de varios tramos de carreteras provinciales: DP-0203 Bertamiráns a Augapesada, DP-0205 Bertamiráns a A Ramallosa y DP-0206 Milladoiro a Biduído.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de A Coruña, en la sesión de 31 de marzo de 2022, acuerda por unanimidad los cambios de titularidad propuestos.
La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por el servicio competente, indica que los tramos de las carreteras DP-0203, DP-0205 e DP-0206 cumplen con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, según el cual estos solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forme parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente, a través de la red de carreteras de la Administración cedente o de la red de carreteras de titularidad de administraciones de mayor ámbito territorial, por lo que se formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día ocho de septiembre de dos mil veintidós,
DISPONGO:
Artículo 1
Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Ames de:
Clave |
Denominación |
Coordenadas UTM29 (ETRS89) |
Coordenadas UTM29 (ETRS89) |
Long. (km) |
DP-0203_1R |
Tramo antiguo de la DP-0203 Bertamiráns a Augapesada |
X= 528.035 Y= 4.746.141 |
X= 528.086 Y= 4.746.322 |
0,202 |
DP-0203_2R |
Tramo antiguo de la DP-0203 Bertamiráns a Augapesada |
X= 528.091 Y= 4.746.657 |
X= 528.088 Y= 4.746.417 |
0,250 |
DP-0205 |
Bertamiráns a A Ramallosa |
X= 528.484 Y= 4.745.295 |
X=528.926 Y= 4.744.792 |
0,684 |
DP-0206 |
Milladoiro a Biduído |
X= 534.398 Y= 4.743.354 |
X= 534.170 Y= 4.743.489 |
0,278 |
Artículo 2
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre ayuntamiento y diputación.
Artículo 3
Corresponderán al Ayuntamiento de Ames, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de la vía, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.
Disposición final
El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, ocho de septiembre de dos mil veintidós
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad