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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Martes, 30 de agosto de 2022 Pág. 46196

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

EXTRACTO de la Orden de 10 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones individuales destinadas al programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Fondo Social Europeo, programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS324A).

BDNS (Identif.): 645364.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios/as

1. Podrán solicitar las ayudas las personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de la solicitud:

a) Haber cumplido los 18 años y no superar la edad máxima que establezca la normativa vigente del Sistema nacional de garantía juvenil (SNGJ), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

b) Estar empadronadas en la Comunidad Autónoma de Galicia con una antigüedad mínima de un año.

c) Estar inscritas en el SNGJ y figurar como beneficiarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia en la fecha de presentación de la solicitud.

2. Serán excluidas las personas jóvenes solicitantes que se encuentren en alguna de las situaciones de prohibición recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

El objeto es la concesión de subvenciones individuales para el programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, para la realización de prácticas formativas no laborales por personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil (en adelante, SNGJ) en entidades o empresas públicas o privadas en países europeos, con cargo al programa operativo de empleo juvenil. El procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

La duración de las prácticas formativas no laborales en las empresas o entidades de países europeos será como mínimo de dos (2) meses y como máximo de tres (3) meses consecutivos, con un mínimo de 100 horas formativas mensuales y un mínimo de cuatro días semanales de prácticas.

El período de realización de las prácticas formativas no laborales en las empresas o entidades deberá finalizar, como fecha límite, el 30 de noviembre de 2022.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 10 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones individuales destinadas al programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Fondo Social Europeo, programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento BS324A).

Cuarto. Cuantía

Para la financiación de estas subvenciones existe crédito adecuado y suficiente en la Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, con una cuantía total de 550.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 13.06.313A.480.0 (código de proyecto 2022 00109).

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un porcentaje del 80 %.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Sexto. Otros datos

Todas las personas a las cuales se les conceda la subvención recibirán un anticipo del 80 % sobre el total de la cantidad concedida, si así lo solicitan.

La concesión de la subvención se tramita en régimen de concurrencia competitiva y se efectúa por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Las subvenciones están sujetas al régimen de costes simplificados basados en costes unitarios. En la convocatoria se establecen unas tablas con importes que varían en función del país de destino, del número y de la duración de las movilidades.

Serán gastos subvencionables para la realización de las prácticas los relativos a manutención y alojamiento, seguros, gastos de desplazamiento y transporte local en el país de destino de prácticas de las personas jóvenes participantes, incluyendo la subvención para el apoyo lingüístico.

A efectos de la subvención no son subvencionables los días de viaje (ida y vuelta) de la persona joven participante.

El plazo para justificar la acción subvencionada será el 15 de diciembre de 2022.

Santiago de Compostela, 10 de agosto de 2022

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social y Juventud