Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Viernes, 29 de julio de 2022 Pág. 41849

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 28 de julio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas por daños en las explotaciones forestales, agrícolas o ganaderas previstas por el Decreto 130/2022, de 21 de julio, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de julio de 2022, y se convocan para el año 2022 (códigos de procedimiento MR616A y MR616C). Convocatoria de ayudas para la reposición de explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por los incendios.

BDNS (Identif.): 641679.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Se podrán acoger a estas ayudas las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas, con exclusión de las administraciones o entidades del sector público. En el caso de daños causados a la maquinaria y equipamiento en las labores de extinción, las personas beneficiarias serán las personas físicas o jurídicas propietarias de estos, con exclusión de las administraciones o entidades del sector público.

Una misma persona solicitante podrá solicitar una o varias de las cuatro líneas de ayuda. El expediente de ayudas será único.

Las personas beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y no estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en su artículo 10.

Las explotaciones agrícolas y ganaderas deberán estar inscritas y en estado de alta en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga) y, en su caso, en el Registro General de Explotaciones Ganaderas y, para el caso de los animales y colmenas, se considerarán únicamente a efectos de las ayudas los correctamente identificados y/o declarados.

Las líneas objeto de ayudas en la convocatoria para la reposición de explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por los incendios serán las siguientes:

a) Ayuda para la reparación de bienes, maquinaria, equipamiento o medios de producción de las explotaciones agrícolas o ganaderas (línea I-G).

b) Ayuda por la pérdida total o parcial de la producción agrícola de las explotaciones agrícolas y ganaderas (línea II-G).

c) Ayuda por la muerte de ganado o por la pérdida de colmenas de las explotaciones ganaderas y apícolas (línea III-G).

d) Ayuda para la adquisición de alimentación complementaria para el ganado en extensivo o las colmenas en las zonas afectadas (línea IV-G).

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas previstas por el Decreto 130/2022, de 21 de julio, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de julio de 2022, para la reposición de explotaciones forestales, agrícolas o ganaderas dañadas. Convocatoria de ayudas de reposición de explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por los incendios (código de procedimiento MR616A).

El ámbito territorial de las ayudas será el de la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 130/2022, de 21 de julio, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de julio de 2022.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 28 de julio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas por daños en las explotaciones forestales, agrícolas o ganaderas previstas por el Decreto 130/2022, de 21 de julio, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de julio de 2022, y se convocan para el año 2022 (códigos de procedimiento MR616A y MR616C).

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2022

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural