En la sesión celebrada el día 28.6.2022, el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales, y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:
– Monte Chan de Busto (expediente 90/75), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilabol; y monte de A Trapa e Pena de Santalla (expediente 89/75), perteneciente los vecinos del lugar de Quintá. Ambos de la parroquia de Quintá, en el ayuntamiento de As Nogais.
El 19.1.2022 fue presentada una solicitud (mejorada el 25.3.2022) relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 12.4.2022, el Servicio de Montes emite un informe (2022_2) en el que se especifican las modificaciones que se producen nos montes, a consecuencia del deslinde, y cuyas superficies pasan a ser:
– MVMC Chan de Busto: 66 hectáreas.
– MVMC Trapa y Pena de Santalla: 78 hectáreas.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo I, al final de este anuncio.
– Monte Sinada (expediente 8/78), perteneciente a los vecinos del lugar de Sinada; y monte Mosteiro (expediente 130/78), perteneciente a los vecinos del lugar de Mosteiro. Ambos en la parroquia de Mosteiro, ayuntamiento de Navia de Suarna.
El 25.2.2022 fue presentada una solicitud (mejorada el 30.4.2022) relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 6.5.2022, el Servicio de Montes emite un informe (2022_7) en el que se especifican las modificaciones que se producen nos montes, a consecuencia del deslinde, cuyas superficies pasan a ser:
– MVMC Sinada: 106,39 hectáreas.
– MVMC Mosteiro: 167,37 hectáreas.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo II, al final de este anuncio.
– Monte Granda Abilleira e Salgueiros (expediente 45/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Duarría; y monte Rodela, Gándaras de Castro e Granda de Abilleira (expediente 42/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Loentia, ambos en el ayuntamiento de Castro de Rei.
El 4.3.2022 fue presentada una solicitud (mejorada el 6.6.2022) relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 16.6.2022, el Servicio de Montes emite un informe (2022_9) en el que se especifican las modificaciones que se producen nos montes, a consecuencia del deslinde, cuyas superficies pasan a ser:
– MVMC Granda Abilleira e Salgueiros: 119,43 hectáreas.
– MVMC Rodela, Gándaras de Castro e Granda de Abilleira: 601,7 hectáreas.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo III, al final de este anuncio.
– Monte Montareda y Corredoira (expediente 43/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Saldanxe; y monte Acevreiro (expediente 41/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de A Pastoriza, ambos en el ayuntamiento de A Pastoriza.
El 4.5.2022 fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.
El 30.5.2022, el Servicio de Montes emite un informe (2022_18) en el que se especifican las modificaciones que se producen nos montes, a consecuencia del deslinde, cuyas superficies pasan a ser:
– MVMC Montareda y Corredoira: 264,14 hectáreas.
– MVMC Acevreiro, de 121,87 hectáreas.
Este deslinde se corresponde con el plano del anexo IV, al final de este anuncio.
Contra estos acuerdos, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lugo, 12 de julio de 2022
María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo