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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Viernes, 29 de julio de 2022 Pág. 41959

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

EXTRACTO de la Resolución de 28 de julio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas destinadas a la reparación de los daños causados a las viviendas y su menaje por los incendios que se han producido en Galicia durante el mes de julio de 2022, con carácter plurianual (código de procedimiento VI100B).

BDNS (Identif.): 641560.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas que hayan sufrido daños que afecten tanto a la vivienda como al menaje doméstico.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 130/2022, de 21 de julio, las personas beneficiarias de las ayudas están exentas del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Segundo. Objeto

1. Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que regirán la concesión de las ayudas destinadas a reparar los daños causados en las viviendas y en su menaje doméstico como consecuencia de los incendios que se han producido en Galicia durante el mes de julio de 2022. Para el caso de que los daños ocasionados hayan determinado la ruina de la vivienda, la ayuda podrá destinarse tanto a su reconstrucción como a la adquisición de una nueva vivienda (código de procedimiento VI100B).

2. Asimismo, por medio de esta resolución se convocan estas ayudas con carácter plurianual.

3. La concesión de las ayudas contempladas en esta resolución se otorgarán de forma directa a causa del interés público, social y humanitario derivado de las excepcionales circunstancias que concurren en este caso y se concederán en los términos y en las condiciones establecidos en estas bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras de estas ayudas se recogen en la resolución de convocatoria.

Cuarto. Crédito presupuestario

1. Las ayudas previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451A.780.9 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2022, por un importe total de 3.200.000 €, distribuidos en las siguientes anualidades:

1.800.000 € para la anualidad 2022.

1.000.000 € para la anualidad 2023.

400.000 € para la anualidad 2024.

2. La cuantía establecida en esta convocatoria podrá ser objeto de ampliación mediante resolución dictada por la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS), que tendrá efecto previa publicación en el DOG, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y finalizará el 2 de noviembre de 2022 y, en todo caso, en el momento del agotamiento del crédito presupuestario, lo que será publicado en el DOG mediante resolución dictada por la persona titular de la Dirección General del IGVS.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2022

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo