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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Martes, 5 de julio de 2022 Pág. 38403

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2022, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, por la que se otorgan a Begasa las autorizaciones administrativas previa y de construcción para la ampliación de la subestación eléctrica Barreiros 132 kV (nueva posición de transformación, nuevo transformador 132/20 kV 40 MVA y nuevo sistema de 20 kV), en el término municipal de Barreiros (expediente 2021/48 AT).

Hechos.

1. El 19.5.2021, la entidad Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A. (en adelante, Begasa) presentó, ante la Jefatura Territorial de Lugo de esta consellería (en adelante, jefatura territorial), la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación eléctrica Barreiros 132 kV, a la que se le asignó el número de expediente 2021/84-AT.

Esta solicitud se acompañó de la siguiente documentación técnica, de conformidad con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica:

• Proyecto de ejecución denominado ampliación SE Barreiros 132 kV: nueva posición de transformador, nuevo transformador TR-1 132/20 kV 40 MVA y nuevo sistema de 20 kV, firmado por el ingeniero industrial Damián Alonso Salas (colegiado nº 1.489 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cantabria) y visado por este colegio, con nº Le5/2021 y fecha de 27.4.2021, y en el que figura un presupuesto total de 1.733.642,32 euros.

• Declaración responsable del técnico proyectista, de fecha 27.4.2021, según lo exigido en el artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

Según se desprende del proyecto de ejecución, la ampliación de la subestación eléctrica Barreiros 132 kV (situada en este término municipal) contempla cuatro actuaciones:

• Nueva posición de transformación de 132 kV.

• Nuevo transformador de potencia 132/20 kV y 40 MVA de potencia.

• Nuevo sistema de 20 kV formado por celdas compactas en aislamiento SF6.

• Nuevo transformador de servicios auxiliares TSA-2.

También se instalará un armario con las protecciones de la nueva posición de 132 kV y del transformador de 132/20 kV dentro del edificio. Se completará con la instalación de contadores de medida, dos para el lado de AT y MT del transformador de potencia, y uno para cada posición de línea de 20 kV y para cada posición de TSA. Al finalizar la instalación se desmontarán las actuales celdas de 20 kV de distribución secundaria que alimentan al TSA-1.

Con respecto a la titularidad de la referida subestación eléctrica, el 27.12.2018 la Dirección General de Energía y Minas dictó resolución por la que se autorizó la transmisión, de Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. a favor de Begasa, de la instalación eléctrica denominada nueva subestación Barreiros 132 kV. Esta subestación, para la que el 12.6.2017 la Dirección General de Energía y Minas dictó resolución por la que se otorgó a Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción (expediente IN407A 2015/115-2-8308-AT), está conformada por la siguiente infraestructura eléctrica:

• Sistema de 132 kV con configuración de doble barra con cerramiento de barras, formada por equipos tipo híbridos y convencionales instalados en intemperie y con las siguientes posiciones: 5 posiciones de línea 132 kV (L/ Foz, Mondoñedo 1, Mondoñedo 2, Porzun, Doiras), 1 posición de cerramiento de barras y 2 posiciones de medida de barras de 132 kV.

• Sistema de 20 kV para alimentar los servicios auxiliares, formado por un grupo de tres celdas de distribución secundaria en configuración de simple barra (que servirá para medida y protección del transformador de servicios auxiliares): 1 celda de línea remonte con seccionador y transformadores de intensidad, 1 celda de transformador de SSAA, con interruptor, seccionador de barras e transformadores de intensidad y 1 celda de medida, con seccionador de tres posiciones conteniendo los transformadores de intensidad y tensión.

• Sistema de control, protección y telemando.

• Sistema de servicios auxiliares, formado por un transformador de relación de transformación 220/400 V, de donde parten las alimentaciones al armario de SSAA.

2. El 24.5.2022 la jefatura territorial, una vez rematada la instrucción del expediente 2021/84-AT, dio traslado del mismo a la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales a efectos de su resolución. La jefatura territorial incorporó al expediente el informe favorable de sus servicios técnicos, de fecha 15.6.2022.

Consideraciones legales y técnicas.

1. La Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales es competente para resolver este expediente, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 101, de 27 de mayo), en el artículo 20 del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (DOG núm. 5, de 11.1.2021), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

2. La legislación de aplicación al presente expediente es la siguiente:

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero).

• Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (DOG nº 54, de 19.3.2014).

3. Informe emitido el 15.6.2022 por los servicios técnicos de la jefatura territorial concluyendo que se informa favorablemente el referido proyecto (ampliación SE Barreiros 132 kV: nueva posición de transformador, nuevo transformador TR-1 132/20 kV 40 MVA y nuevo sistema de 20 kV), para la autorización administrativa previa y de construcción.

De acuerdo con todo lo anterior,

RESUELVO:

1. Otorgar a Begasa las autorizaciones administrativas previa y de construcción para la ampliación de la subestación eléctrica Barreiros 132 kV (Nueva posición de transformación, nuevo transformador 132/20 kV 40 MVA y nuevo sistema de 20 kV), en el término municipal de Barreiros (expediente 2021/48-AT).

Todo esto de acuerdo con las condiciones siguientes:

1. Las instalaciones que se autorizan tendrán que realizarse de acuerdo con las especificaciones y planos que figuran en el proyecto de ejecución denominado ampliación SE Barreiros 132 kV: nueva posición de transformador, nuevo transformador TR-1 132/20 kV 40 MVA y nuevo sistema de 20 kV, firmado por el ingeniero industrial Damián Alonso Salas (colegiado nº 1.489 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cantabria) y visado por este colegio, con nº Le5/2021 y fecha de 27.4.2021, y en el que figura un presupuesto total de 1.733.642,32 euros.

2. La empresa promotora (Begasa) asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantengan las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en las instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23, aprobados por el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobados por el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero.

3. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del proyecto será necesaria la autorización previa de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales; no obstante, la jefatura territorial podrá autorizar las modificaciones de detalle del proyecto que resulten procedentes, debiendo comunicar a dicha dirección general todas las resoluciones que se dicten en aplicación de la citada facultad.

4. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución. Una vez construidas estas instalaciones, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de autorización de explotación ante la jefatura territorial, quien deberá extenderla tras las comprobaciones técnicas que considere oportunas.

5. En cuanto a los bienes y derechos afectados por la referida infraestructura eléctrica y adscritos a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general, la empresa promotora procederá a realizar los correspondientes cruces y afecciones de acuerdo con los condicionados e informes emitidos por estos.

6. El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su adopción podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al promotor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

7. Estas autorizaciones se adoptan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la referida infraestructura eléctrica, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, tal y como dispone el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

8. Esta resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 21 de junio de 2022

Pablo Fernández Vila
Director general de Planificación Energética y Recursos Naturales