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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Martes, 28 de junio de 2022 Pág. 36980

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Poio

ANUNCIO de notificación a titulares desconocidos del ayuntamiento de Poio del requerimiento para recordar el cumplimiento de la obligación de gestión de la biomasa vegetal y de retirada de especies arbóreas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y dado que los titulares de los bienes que se relacionan a continuación son desconocidos y resulta imposible su notificación, se comunica a las personas responsables su obligación legal de gestión de la biomasa y de la retirada de especies arbóreas prohibidas en las parcelas que se describen, impuesta por el artículo 22.1 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia:

Fecha de inspección

Ref. catastral

Localización/polígono/parcela

Persona responsable

31.5.2022

36041A041000550000OD

Ver Campo. Poio/pol. 41-parc. 55

Desconocida

31.5.2022

36041A041008700000OA

Tomada de Santo Atrás. Poio/pol. 41-parc. 870

Desconocida

31.5.2022

36041A041008600000OJ

Polvorín. Poio/pol. 41 parc. 860

Desconocida

31.5.2022

36041A041008590000OS

Polvorín. Poio/pol. 41 parc. 859

Desconocida

31.5.2022

36041A031080000000OW

Rodal. Poio/pol. 31-parc. 8000

Desconocida

31.5.2022

36041A031014750000OO

Río Maior. Poio/pol. 31-parc. 1475

Desconocida

1º. En virtud de lo anterior, se les comunica que en el acta de inspección referida se comprobó que en las parcelas mencionadas se incumple lo establecido en el artículo 21 de la Ley 3/2007. Por lo tanto, disponen de un plazo máximo de 15 días naturales para el cumplimiento voluntario de gestión de la biomasa en la parcela citada, que se iniciará el día siguiente al de la recepción de esta notificación.

2º. En caso de persistencia en el incumplimiento y transcurrido dicho plazo, el Ayuntamiento procederá sin más trámites a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, al decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de la citada Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.

3º. En el caso de proceder a la ejecución subsidiaria, el Ayuntamiento liquidará provisionalmente los costes a que previsiblemente dará lugar, con la advertencia de que se procederá a su exacción inmediata en caso de persistencia en el incumplimiento, tras el transcurso del plazo otorgado, sin perjuicio de la liquidación definitiva una vez finalizados los trabajos. En este caso la liquidación provisional de los trabajos necesarios para gestionar la biomasa en las fajas secundarias se establece en una cantidad estimada de 1.505,73 euros por hectárea, para los trabajos de apeo, tronzado, apilado y saca mecanizada del arbolado.

Nº de expediente

Ref. catastral

Hectáreas afectadas por ejecución subsidiaria

Liquidación provisional

1690/2019 (xMA19/054)

36041A041000550000OD

0,247193

876,50

1690/2019 (xMA19/054)

36041A041008700000OA

0,138413

490,79

1690/2019 (xMA19/054)

36041A041008600000OJ

0,054497

193,24

1690/2019 (xMA19/054)

36041A041008590000OS

0,029455

104,44

1736/2018 (xMA18/144)

36041A031080000000OW

0,351822

1.247,50

1736/2018 (xMA18/144)

36041A031014750000OO

2,812492

9.972,60

4º. En caso de persistencia en el incumplimiento, y transcurrido el plazo otorgado, se iniciará también el correspondiente procedimiento sancionador según lo previsto en el título VII de la Ley 3/2007.

Poio, 31 de mayo de 2022

Luciano Sobral Fernández
Alcalde