Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Friotea, S.L.
Domicilio social: calle Progreso, 41, 1º, 36201 Vigo.
Denominación: LMTS, CS polígono As Gándaras, 33.
Situación: O Porriño.
Características técnicas:
– Centro de seccionamiento (CS) con celdas prefabricadas bajo envolvente metálica, con aislamiento y corte en SF6.
– LMT subterránea a 15 kV, con conductor RHZ1, de 14 metros de longitud, con origen y final en la LMTS TUI807, entre el CT 36CB20 y el apoyo Z3X98VJ2//1, haciendo entrada y salida en el CS proyectado.
– LMT subterránea a 15 kV, con conductor RHZ1, de 294 metros de longitud, con origen en el CT Sertuy 36CEK0 y final en el apoyo C-16/4500-435-CA proyectado.
La instalación está situada en el polígono industrial As Gándaras, O Porriño.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Pontevedra, 24 de mayo de 2022
Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra