A los efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Pontevedra, en relación con el procedimiento ordinario núm. 124/2022, interpuesto por la asociación con NIF G36055341 y la persona con DNI 35292659X, contra la resolución desestimatoria dictada por el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el 25.2.2022, en el recurso potestativo de reposición, interpuesto contra otra de 12.2.2020 (expediente POL/55/2018), en la que se impone una sanción como responsables de la comisión de la infracción grave tipificada en la Ley de costas y se ordena la restitución de las cosas y su reposición al estado anterior al de la comisión de la infracción, debiendo proceder a la completa retirada del kiosco de la parte frontal, de los aseos situados en la parte central del recinto y la plataforma en la que se apoya la caseta prefabricada de madera, hasta dejar la parcela vacante, esta dirección resolvió ordenar la remisión del correspondiente expediente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra.
Al no poder realizarse la notificación personal del emplazamiento, mediante la presente cédula (que al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a la persona con DNI 35929439N para que pueda personarse como interesada en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.
Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2022
Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística