Mediante Resolución de la Alcaldía de este ayuntamiento de 13 de mayo se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal con las siguientes plazas:
Personal laboral
Categoría laboral |
Vacantes |
Grupo de clasificación |
Sistema de acceso y estabilización (D.A. 6ª de la Ley 20/2021) |
Operario/a conductor/a |
2 |
IV |
Concurso |
Peón/a |
1 |
V |
Concurso |
Oficial encargado/a de obras |
1 |
III |
Concurso-oposición |
Operario/a de servicios múltiples |
1 |
V |
Concurso-oposición |
Arquitecto/a |
1 |
I |
Concurso |
Arquitecto/a técnico/a |
1 |
II |
Concurso |
Limpiador/a |
1 |
V |
Concurso |
Limpiador/a |
1 |
V |
Concurso-oposición |
Auxiliar de ayuda en el hogar |
5 |
V |
Concurso |
Trabajador/a social |
1 |
II |
Concurso |
Educador/a social |
1 |
II |
Concurso |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del artículo 70.2, del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público para la estabilización del personal laboral del Ayuntamiento de Cabanas.
Contra la presente resolución se puede interponer alternativamente recurso de reposición ante el alcalde, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente o, a elección del/de la interesado/a, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses. Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva aquel. Todo eso sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere más conveniente en derecho.
Cabanas, 13 de abril de 2022
Carlos Ladra Brage
Alcalde