Mediante Decreto de la Alcaldía 2022-00129, de 20 de mayo de 2022, se aprobó la oferta de empleo público para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Manzaneda, cuya parte resolutiva se transcribe literalmente y que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público:
«Primero. Aprobar la oferta de empleo público extraordinaria del Ayuntamiento de Manzaneda para la estabilización de empleo temporal, al amparo de lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a las plazas que se relacionan:
Puesto |
Grupo |
Nº plazas |
Jornada |
Sistema de acceso |
Auxiliar administrativo |
4 |
1 |
Completa |
Concurso |
Limpiadoras edificios |
5 |
2 |
Completa |
Concurso |
Auxiliares del servicio de ayuda en el hogar |
5 |
6 |
Completa |
Concurso (4) Concurso-oposición (2) |
Socorrista piscina municipal |
3 |
1 |
Completa (2 meses) |
Concurso |
Director residencia |
1 |
1 |
Completa |
Concurso |
Educador/a social |
2 |
1 |
Parcial |
Concurso |
Fisioterapeuta |
2 |
1 |
Parcial |
Concurso |
Auxiliar de clínica |
4 |
3 |
Completa |
Concurso |
Gericultor/a |
4 |
4 |
Completa |
Concurso |
Cocinero/a |
3 |
1 |
completa |
Concurso |
Camarero/a limpiador/a |
5 |
2 |
Completa |
Concurso |
Segundo. Publicar la oferta de empleo público para la estabilización de la contratación temporal del Ayuntamiento de Manzaneda en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense y en el Diario Oficial de Galicia en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del artículo 70.2 del Real decreto legislativo 5/2015, de 20 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.
Tercero. Publicar dicha oferta de empleo público en la sede electrónica, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Manzaneda».
Contra dicho decreto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante lo Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio.
Manzaneda, 20 de mayo de 2022
Amable Fernández Basalo
Alcalde presidente