Por Resolución de la Alcaldía de 13 de mayo de 2022 se aprobó la oferta de empleo público del ejercicio 2022 para la estabilización del empleo temporal en el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que incluye las siguientes plazas:
Personal funcionario:
Denominación |
Grupo Subgrupo |
Escala |
Subescala |
Plazas sin reserva discapacidad |
Plazas con reserva discapacidad |
Turno |
Auxiliar administrativo |
C2 |
Admón. general |
Auxiliar |
1 |
Estabilización empleo |
Personal laboral fijo:
Denominación |
Grupo cotización |
Plazas sin reserva discapacidad |
Plazas con reserva discapacidad |
Turno |
Telefonista-recepcionista |
6 |
1 |
Estabilización empleo |
|
Ordenanza |
6 |
1 |
Estabilización empleo |
|
Auxiliar administrativo |
7 |
6 |
Estabilización empleo |
|
Psicólogo/a |
1 |
1 |
Estabilización empleo |
|
Trabajador/a social |
2 |
2 |
Estabilización empleo |
|
Agente de empleo y desarrollo local |
1 |
1 |
Estabilización empleo |
|
Bibliotecaria |
2 |
1 |
Estabilización empleo |
|
Peón |
10 |
2 |
Estabilización empleo |
|
Oficial 1ª fontanero |
8 |
1 |
Estabilización empleo |
|
Oficial 1ª albañil |
8 |
3 |
Estabilización empleo |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado del contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que puedan estimar más conveniente a su derecho.
Salvaterra de Miño, 13 de mayo de 2022
Marta Valcarcel Gómez
Alcaldesa