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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Miércoles, 13 de abril de 2022 Pág. 23288

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la que se declara a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera abintestato de Benedicta Álvarez García.

Antecedentes:

Por Resolución de 19 de abril de 2021 se acordó la incoación del procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Benedicta Álvarez García (ABI/2017/0004).

La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado (supl. núm. 109, de 7 de mayo de 2021), en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 83, de 4 de mayo), en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, y fue expuesta en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Vedra y de Oleiros (A Coruña) por plazo no inferior a un mes.

Constan en el expediente los correspondientes certificados de defunción y últimas voluntades relativos a la persona causante, en los que se acredita su fallecimiento, el 17 de agosto de 2015 en la residencia Geriatros de Oleiros, y que no había otorgado testamento registrado. Asimismo, figura igualmente incorporado certificado de su empadronamiento en el Ayuntamiento de Vedra, quedando justificada formalmente su vecindad civil gallega.

No se han recibido alegaciones, documentos u otros elementos de juicio que cuestionen la sucesión a favor de la Administración autonómica, lo que corrobora el informe emitido al efecto por la Policía Autonómica de Galicia y las manifestaciones de terceras personas unidas al expediente.

De las consultas efectuadas ante el Catastro inmobiliario, en el índice general informatizado de predios y derechos del Registro de la Propiedad y por otras fuentes, se determinó, en principio, que al menos forman parte del caudal hereditario de la persona fallecida los bienes y derechos que se adjudican en el punto segundo de esta resolución, incluyendo en la herencia los conseguidos en la sucesión de su hermana premuerta María Ramona Álvarez García y sin perjuicio de la inclusión de aquellos otros que se identifiquen con posterioridad a esta declaración como de titularidad de la persona causante.

La Asesoría Jurídica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública emitió informe sobre la adecuación y suficiencia de las actuaciones practicadas para la declaración de la Comunidad Autónoma como heredera abintestato de la persona causante.

Fundamentos jurídicos:

– Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, artículos 267 y siguientes.

– Código civil, artículos 657 y siguientes.

– Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de patrimonio de las administraciones públicas, artículos 20.6, 20.bis y 20.tener.1.

– Ley 5/2011, de 30 de septiembre, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, artículos 4 y 56.

Decreto 94/1999, de 25 de marzo, sobre régimen administrativo de la sucesión intestada a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Decreto 11/2021, de 21 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, artículos 4 y 7.

Según lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de Benedicta Álvarez García, con DNI 33272378L, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario.

Segundo. Adjudicar a la Administración autonómica los siguientes bienes y derechos de la herencia identificados:

a) Bienes inmuebles:

– Finca nº. 613 de la zona de concentración parcelaria de Santo André de Trobe, Vedra, A Coruña, de 150 m2, indivisible, que linda: norte, parcela de concentración nº 612; sur, parcela de concentración nº 614; este, parcela de concentración nº 614; y oeste, con camino. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 002201100NH43E0001GX (antes: 15090A5050006130000AT).

Valor catastral: 1.774,00 euros.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Santiago de Compostela número 1, en el tomo 1217, del libro 112, hoja 212, finca nº 11611.

b) Contratos y otros efectos bancarios:

– Banco Pastor, cuenta: 0238 8102 780700200469 (antes: 0072 0134 48 0000215732).

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, área temática de Patrimonio, Anuncios, que se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios

Una copia de esta resolución será remitida para su exposición pública, por plazo no inferior a un mes, en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Vedra y Oleiros.

Esta resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con los artículos 112.1, 114 y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los que se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho a la herencia o en otros derechos de carácter civil por esta declaración o por la adjudicación de bienes a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia que se contiene en esta resolución podrán ejercer las acciones pertinentes ante el órgano de la jurisdicción civil correspondiente.

Santiago de Compostela, 28 de marzo de 2022

Jorge Atán Castro
Secretario general técnico y del Patrimonio
de la Consellería de Hacienda y Administración Pública