Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 1 de abril de 2022 Pág. 21249

VI. Anuncios

b) Administración local

Consorcio Local Os Peares

ANUNCIO de aprobación definitiva de modificación de crédito.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no presentarse alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 27 de octubre de 2021, sobre el expediente de modificación de créditos del presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, como sigue a continuación:

Altas en aplicaciones de gastos

Crédito extraordinario:

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

Progr.

Económica

337

619

Ocio y tiempo libre. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general

23.000

172

22799

Protección y mejora del medio ambiente. Servicios realizados por otras empresas o profesionales

14.278

454

619

Caminos vecinales. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general

11.000

150

622

Servicios públicos básicos. Edificios y otras construciones (adquisición de inmueble)

30.000

Total gastos

78.278

2º. Financiamiento.

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en conceptos de ingresos

Económica

Descripción

Euros

Concepto

870.00

Remanente de tesorería para gastos generales

78.278

Total ingresos

78.278

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Sin perjuicio de eso, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Os Peares, 9 de marzo de 2022

Manuel Seoane Rodríguez
Presidente del Consorcio Local Os Peares