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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Jueves, 17 de marzo de 2022 Pág. 18238

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ANUNCIO de 27 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático, por el que se somete a información pública la revisión de la autorización ambiental integrada para la planta de almacenamiento y de gestión de residuos fundamentalmente metálicos de Derichebourg España, S.A.U., en el ayuntamiento de O Porriño, provincia de Pontevedra (expediente 2020-IPPC-M-53).

El artículo 26 del Real decreto legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (BOE núm. 316, de 31 de diciembre), regula la revisión de las autorizaciones ambientales integradas.

Los artículos 15 y 16 del Real decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación (BOE núm. 251, de 19 de octubre de 2013) regulan el procedimiento de revisión de las autorizaciones ambientales integradas.

A efectos previstos en el artículo 15.5.a) del Real decreto 815/2013, se somete a información pública, durante un período de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, el documento titulado:

Memoria detallada y justificativa de la implantación de las MTDs conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo, para las industrias de metales no férreos en la planta de Derichebourg España, S.A.U. en O Porriño.

Para que cualquier interesado pueda consultarlos y, en su caso, formular en el citado plazo las alegaciones, sugerencias u observaciones que estime oportunas, el documento estará a disposición de los administrados, en horario de atención al público, en las siguientes dependencias:

– Dirección General de Calidad Ambiental, Sostenibilidad y Cambio Climático-Servicio de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (calle San Lázaro, s/n, 15781 Santiago de Compostela).

Además, podrán acceder a esta información en la página web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (http://cmatv.xunta.gal/→medio ambiente y sostenibilidad→prevención y control de actividades→autorización ambiental integrada→proyectos en información pública).

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2021

María Sagrario Pérez Castellanos
Directora general de Calidad Ambiental,
Sostenibilidad y Cambio Climático

ANEXO

Memoria resumen

Clave del expediente: 2020-IPPC-M-53.

Peticionaria: Derichebourg España, S.A.U.

CIF: A28131084.

Domicilio social: calle Duero, 17, CP 28840, Mejorada del Campo (Madrid).

Localización de la instalación: polígono industrial As Gándaras, s/n, O Porriño (Pontevedra).

Actividad: planta de almacenamiento y gestión de residuos metálicos.

Descripción: la planta de almacenamiento y gestión de residuos metálicos se compondrá de las siguientes líneas:

• L1 o de valorización de metales y compuestos metálicos: la actividad consiste en la recepción, pesaje, clasificación (en chatarra férrica larga y corta, residuos de acero inoxidable, de aluminio, de cobre, y de otros metales y grandes piezas para desguace), despiece, limpieza, corte (con cizalla u oxicorte) o prensado, agrupamiento y almacenamiento temporal de los residuos metálicos

• L2 o de valorización de vehículos fuera de uso: la actividad consiste en la descontaminación y desmontaje de vehículos fuera de uso.

• L3 o de valorización de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos: la gestión se diferencia principalmente según se trate de residuos no peligrosos (RNP) o de residuos peligrosos (RP), así:

– RNP: el proceso pasa por la recepción, separación manual de componentes, clasificación y almacenamiento temporal de RAEE sin componentes peligrosos para recuperar la fracción metálica que contienen.

– RP: el proceso contempla las fases 0 y 1 del proceso de descontaminación de residuos de equipos refrigeradores consistente en el desmontaje de piezas sueltas y extracción de fluidos (aceite y refrigerante) existentes en el circuíto de refrigeración de aparatos de producción de frío y desmontaje de otros componentes como vidrio, cables, plástico, cobre y compresores.

• L4 o de almacenamiento de residuos no peligrosos y L5 o de almacenamiento de residuos peligrosos: la actividad consiste en el almacenamiento temporal de residuos peligrosos y residuos no peligrosos, diferenciados por zonas, para su posterior entrega a gestores de residuos autorizados. En lo que respecta al almacén de baterías cabe destacar que consiste en una zona con una extensión total de 324 m2, cubierta y dotada de hormigón con pendiente dirigida hasta un cubeto de contención de 1.000 l al que se canalizaría por gravedad cualquier derrame accidental de electrolito.

En la instalación se declaran las siguientes corrientes de aguas residuales:

– Aguas asimilables a domésticas: la instalación cuenta con una red de aguas fecales que recoge las aguas residuales asimilables a domésticas generadas en los aseos, duchas y limpieza de oficinas. Estas aguas serán derivadas a la red de colectores del Consorcio de Aguas do Louro.

– Aguas de proceso industrial o escorrentía: generadas en el proceso productivo, en la escorrentía de la actividad de reciclaje de metales. Estas son derivadas a cauce, previo paso por dos separadores de hidrocarburos.

– Aguas pluviales de cubierta de oficinas y nave principal: se derivan directamente desde las cubiertas, sin que exista riesgo de que entren en contacto con residuos o sustancias peligrosas, hasta el punto de salida de la instalación que consiste en un canal de pluviales en el límite norte de la parcela para vertido directo al cauce.

Se incluye en la documentación presentada el grado de implantación de las mejores técnicas disponibles, atendiendo a lo recogido en la Decisión de ejecución (UE) 2018/1147 de la Comisión, de 10 de agosto de 2018, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en el tratamiento de residuos, conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.