Visto el expediente para la autorización de desmontaje de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: avenida de América, 38, 28028 Madrid.
Denominación: desmantelamiento LMT ATI 724 a CT Cerqueiras.
Situación: Mos.
Elementos que se desmontan: tramo aéreo de la LMT aérea ATI 724, de 895 metros, desde el elemento de maniobra XS36HCJ5 hasta el centro de transformación Cerqueiras.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los artículos 135 a 139 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el cierre de instalaciones está sujeto a un procedimiento de autorización. En consecuencia, esta jefatura territorial
RESOLVE:
Autorizar la ejecución de las actuaciones recogidas en el proyecto desmantelamiento LMT ATI 724 a CT Cerqueiras, concediéndole un plazo de 12 meses, a partir de la recepción de este documento, para la realización de las mismas.
La finalización de los trabajos descritos en este proyecto deberá ser comunicada a esta jefatura territorial, con la finalidad de que sean comprobadas las actuaciones realizadas y emitir la preceptiva acta de cierre de instalación, tal y como dispone el artículo 139 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Pontevedra, 14 de febrero de 2022
Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra