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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Miércoles, 23 de febrero de 2022 Pág. 13137

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Caldas de Reis

ANUNCIO de requerimiento de gestión de la biomasa (expediente 947/2019).

Al no poderse practicar la notificación en el domicilio del propietario por encontrarse ausente, se hace pública la resolución de orden de ejecución para la gestión de la biomasa vegetal, que esta alcaldía acordó en el ejercicio de sus atribuciones. El interesado dispone del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOE, para ejecutar la orden de gestión de la biomasa vegetal. Se hace advertencia de que, en caso de incumplimiento de la presente orden de ejecución, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 2/2016, la Administración municipal procederá a la ejecución subsidiaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

Nº expte.

Asunto

Propietario

Ref. catastral - Ubicación da parcela

947/2019

Orden de ejecución para la gestión de la biomasa vegetal de parcela

Hros. María Luisa Lorenzo Rojo

36005A201000700000ML sita en O Cruceiro de Santiago-Godos-Caldas de Reis

Recursos. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, el recurso de reposición potestativo, ante el alcalde de este ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día seguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Sí se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, este deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes, según establede el artículo 124.2 de la referida Ley 39/2015, entendiéndose desestimado el recurso de reposición por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa notificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 126.3 del mismo texto legal, pudiendo entonces los interesados interponer el recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en el que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Caldas de Reis, 2 de febrero de 2022

Juan Manuel Rey Rey
Alcalde presidente