Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Viernes, 11 de febrero de 2022 Pág. 10716

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 20 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para actuaciones de ayuntamientos y entidades en reservas de la biosfera de Galicia con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento MT724B).

BDNS (Identif.): 609356.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias).

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden:

a) Los ayuntamientos incluidos en el ámbito territorial de cualquiera de las reservas de la biosfera de Galicia (anexo VI).

b) Las siguientes personas titulares propietarias de terrenos: comunidades de montes vecinales en mano común (en adelante, CMVMC).

c) Asociaciones y ONG inscritas en el Registro de Entidades de Carácter Medioambiental de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado por el Decreto 226/2007, de 22 de noviembre.

d) Entidades de custodia del territorio.

2. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades válidamente constituidas, debidamente inscritas en el registro correspondiente y con domicilio social en Galicia.

Segundo. Objeto

El objetivo de esta orden es el de establecer las bases reguladoras y la convocatoria para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento MT724B) para la concesión de ayudas de acuerdo con el anexo IV, Criterios objetivos de distribución territorial y bases reguladoras para la financiación de actuaciones en reservas de la biosfera con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, del Acuerdo de 9 de julio de 2021, de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos relativos a los componentes 4, Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad.

La finalidad de esta orden es promover la conservación y gestión de la biodiversidad y de los recursos naturales, el fomento del desarrollo sostenible y la mejora del patrimonio cultural en las reservas de la biosfera de Galicia.

Estas ayudas contribuyen a la consecución de los objetivos del PRTR en el marco del componente 4, inversión 2 y objetivo 69.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 20 de enero de 2022 por la que se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para actuaciones de ayuntamientos y entidades en reservas de la biosfera de Galicia con cargo al Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento MT724B).

Cuarto. Cuantía

1. Crédito total de la convocatoria: 3.219.172,00 euros. Esta dotación inicial se podrá modificar y/o incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

2. Se concederá el 100 % del coste subvencionable, con un importe mínimo a solicitar de 40.000,00 euros/solicitud y máximo 80.000,00 euros/solicitud para ayuntamientos (artículo 2, apartado 1.a) y de entre 10.000,00 y 25.000,00 euros/solicitud para el resto de las beneficiarias (artículo 2, apartados 1.c), 1.b) y 1.d). Solo se admitirá una única solicitud de ayuda y un único proyecto por solicitante.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia e irán dirigidas a los servicios de Patrimonio Natural de las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Santiago de Compostela, 20 de enero de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda