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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Lunes, 7 de febrero de 2022 Pág. 9384

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de enero de 2022, del Jurado Provincial de Clasificación de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses el acuerdo adoptado por este jurado, relativo al deslinde parcial del monte de la parroquia de O Sisto, en el ayuntamiento de Ourol (expediente 4DES/2019).

En la sesión celebrada por el jurado provincial el día 20.12.2021, figura el siguiente acuerdo:

MVMC Espenucas, Algosas, Couteiro, Pico de Paredes e Costa de Cebrán (expediente 121/78), perteneciente a los vecinos de la parroquia de O Sisto, ayuntamiento de Ourol.

– El 22.8.2019 tuvo entrada una propuesta, aprobada por la comunidad de O Sisto, de deslinde parcial del monte con propiedades particulares.

– El 2.9.2019, el Servicio de Montes emite un informe favorable de la propuesta de deslinde.

– El 11.9.2019 se envía al Ayuntamiento de Ourol el anuncio a los efectos de su publicidad en su tablón de anuncios.

– El 25.9.2019 se publica en el DOG el anuncio por lo que se hace pública la propuesta de deslinde y se abre el plazo para alegaciones. Expediente de deslinde 4DES/2019.

– El 15.5.2020 la comunidad de O Sisto presenta una propuesta que es informada favorablemente por el Servicio de Montes el 18.5.2020.

– El 25.11.2021 la comunidad de O Sisto presenta la propuesta de la línea de deslinde definitiva y aporta la documentación requerida en el artículo 54 de la Ley 7/2012, de montes de Galicia.

– El 14.12.2021, el Servicio de Montes emite un informe en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde. Según la nueva cartografía, el monte de Espenucas, Algosas, Couteiro, Pico de Paredes e Costa de Cebrán pasa a tener una superficie de 329,77 hectáreas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.3 de la Ley 7/2012, en el caso de informe favorable, una vez ratificado el deslinde provisional por la asamblea general, se dará traslado al jurado provincial de los acuerdos alcanzados y el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común dictará resolución aprobatoria del deslinde.

En vista de lo anterior, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde y realizar las oportunas correcciones en el expediente, de conformidad con el informe elaborado por el Servicio de Montes.

El plano que figura en el anexo, al final de este anuncio, corresponde al monte vecinal tras el deslinde aprobado.

Contra este acuerdo, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante lo Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 17 de enero de 2022

Mª Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

ANEXO

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