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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Lunes, 7 de febrero de 2022 Pág. 9387

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de enero 2022, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunican a los posibles titulares de derechos e intereses los acuerdos adoptados por este jurado, relativos a deslindes entre montes vecinales en mano común (expediente 122/76 y cinco más).

En la sesión celebrada el día 20.12.2021, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por unanimidad, acordó aprobar los siguientes deslindes entre montes vecinales, y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes correspondientes:

– Monte Piñeira (exp. 122/76), perteneciente a los vecinos de Piñeira de Abaixo y Piñeira de Arriba, de la parroquia de Piñeira, y monte Moredo (exp. 129/76), pertenecientes a los vecinos de Aldea, Moredo y Souto de la parroquia de Soutordei, ambos en el ayuntamiento de Ribas de Sil.

El 2.8.2021, fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes vecinales. Aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Ribas de Sil y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 14.12.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2021_30) en el que se especifican las modificaciones que se producen en los montes como consecuencia del deslinde acordado, y cuyas superficies pasan a ser: MVMC Piñeira, 289 hectáreas y MVMC Moredo, 348 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo I, al final de este anuncio.

– Monte Merlán (exp. 91/76), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Merlán, excepto Hospital, y monte Norte Arroio Raposeiras (exp. 73/76), perteneciente a los vecinos del norte de la parroquia de Augas Santas, ambos en el ayuntamiento de Palas de Rei.

El 23.9.2021, fue presentada una solicitud relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a línea divisoria que separa sus montes. Aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante lo Juzgado de Paz de Palas de Rei y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 5.11.2021, el Servicio de Montes emite un informe (2021_35) en el que se especifican las modificaciones que se producen en los montes como consecuencia del deslinde acordado, y cuyas superficies resultantes pasa a ser: MVMC Merlán, 468 hectáreas y MVMC Norte Arroio Raposeiras, 154 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo II, al final de este anuncio.

– Monte Rogueira y Cabana (exp. 78/75), perteneciente a los vecinos de Moreda, en la parroquia de Seoane, y monte Visuña (exp. 15/77), perteneciente a los vecinos de Visuña y Céramo, en la parroquia de Visuña, ambos en el ayuntamiento de Folgoso do Courel.

El 29.7.2021 fue presentada una solicitud (mejorada el 8.11.2021), relativa al acuerdo de deslinde llevado a cabo por acuerdo entre las citadas comunidades, en cuanto a la línea divisoria que separa sus montes. Aportan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación ante el Juzgado de Paz de Folgoso do Courel y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas.

El 14.12.2021 el Servicio de Montes emite un informe (2021_29) en el que se especifican las modificaciones que se producen en los montes como consecuencia del deslinde acordado, y cuyas superficies resultantes pasa a ser: MVMC Rogueira y Cabana, 553 hectáreas y MVMC Visuña, 1.118 hectáreas.

Examinada la documentación presentada, el jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los respectivos expedientes.

Este deslinde se corresponde con el plano del anexo III, al final de este anuncio.

Contra estos acuerdos, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 17 de enero de 2022

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Lugo

ANEXO I

Deslinde MVMC Piñeira con MVMC Moredo. Ribas de Sil

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ANEXO II

Deslinde MVMC Merlán con MVMC Norte Arroio Raposeiras. Palas de Rei

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ANEXO III

Deslinde MVMC Rogueira con MVMC Cabana e Visuña. Folgoso do Courel

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