Para una adecuada aplicación de las tasas y los precios de la Comunidad Autónoma de Galicia, la orden a la que hace referencia el título de esta resolución codificó tanto las diferentes tasas como los servicios gestores que las aplican.
A lo largo del año se promulgaron una serie de normas que vinieron a crear o modificar los servicios gestores y las tarifas existentes, razón por la que, mediante esta resolución, se procede a revisar las codificaciones recogidas en la orden citada, de acuerdo con la autorización contenida en el párrafo 2 de la disposición adicional de la Orden de 30 de junio de 1992 de la Consellería de Economía y Hacienda.
Las normas que motivan las modificaciones son las que se citan a continuación:
• Ley de medidas fiscales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2022.
Por todo ello, y en virtud del párrafo segundo de la disposición adicional de la Orden de 30 de junio de 1992 referida,
RESUELVO:
Primero. Actualizar el anexo VI de la Orden de 30 de junio de 1992, de la Consellería de Economía y Hacienda, de la siguiente forma:
A) Añadiendo los códigos relacionados a continuación, de modo que se inserten en el lugar que les corresponda según el orden preestablecido:
31.07.38 |
Autorización para la realización de certámenes, concursos, exposiciones o concentraciones de animales en el ámbito ganadero |
32.52.25 |
Comunicación de la actividad de compostaje comunitario de bioresiduos |
32.52.26 |
Traslados de residuos en las fronteras exteriores y en el traslado por el interior de la CAG |
32.52.27 |
Realización de inspecciones previas al otorgamiento de las autorizaciones para las operaciones de tratamiento de residuos |
32.52.28 |
Comunicación de la actividad de proyectos de investigación, desarrollo e innovación en materia de residuos |
32.57.03 |
IPPC distintas de las recogidas en el epígrafe 9.3 del Real decreto legislativo 1/2016 (instalaciones industriales IPPC) |
32.57.04 |
IPPC recogidas en el epígrafe 9.3 del Real decreto legislativo 1/2016 (granjas IPPC) |
Modificando los códigos siguientes:
31.07.04 |
Expedición de documentación oficial sanitaria de movimiento, nacional o intracomunitario, de animales vivos y productos de origen animal procedentes de la ganadería o de la acuicultura, excepto que sea realizada de forma telemática a través de las aplicaciones informáticas habilitadas accesibles en las consellerías competentes en materia de ganadería o acuicultura, a través de la aplicación del sistema Traces o que los operadores la obtengan directamente a través de estas aplicación (mínimo 3,03€ por certificación) |
31.07.06 |
Autorizaciones y registros de centros/equipos de productos reproductivos de animales de renta y autorizaciones de paradas de sementales, revisiones anuales de los mismos y emisión de certificados zoosanitarios: |
Eliminando los códigos siguientes:
30.06.00 |
Verificación de suficiencia y documentos acreditativos de legitimación |
30.28.00 |
Diligenciado del libro registro de prácticas de las escuelas de navegación de ocio |
Segundo. Actualizar el anexo VII de la Orden de 30 de junio de 1992, de la Consellería de Economía y Hacienda, que queda como sigue:
Banco Santander
Banco Sabadell
BBVA
Targobank
Evo Banco
Abanca
Ibercaja
Caixabank
Caja Rural Gallega
Caja Rural Zamora
Tercero. Esta resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2022.
Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2021
Mª Victoria González Vázquez
Directora de la Agencia Tributaria de Galicia