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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Martes, 7 de diciembre de 2021 Pág. 59426

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 162/2021, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Salvaterra de Miño de varias carreteras y tramos antiguos de titularidad autonómica, así como de su dominio público viario asociado.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Salvaterra de Miño y la Agencia Gallega de Infraestructuras firmaron un convenio de colaboración el día 10 de mayo de 2021 para llevar a cabo la urbanización de la calle Galicia y la racionalización de la red vial de titularidad autonómica en este ayuntamiento. En la cláusula tercera se recoge el compromiso del ayuntamiento de asumir la titularidad de los tramos urbanos de varias carreteras autonómicas antes de la licitación de las obras.

Las carreteras y tramos antiguos recogidos en el convenio carecen de funcionalidad dentro de la Red autonómica de carreteras de Galicia, por lo que la Agencia Gallega de Infraestructuras, vistos los informes emitidos por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de las carreteras y tramos antiguos de estas que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo 1

– Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Salvaterra de Miño de las siguientes carreteras y tramos antiguos de la Red autonómica de carreteras de Galicia, así como de su dominio público viario asociado (DPV):

Carreteras a transferir en su totalidad: (coordenadas X/Y en UTM ETRS89 huso 29)

1. PO-420. Taboexa (PO-402)-Vilacoba.

– Inicio en Taboadexa (PO-402) p.k. 0+000 (X=547.265/Y=4.666.652).

– Final en Vilacoba (p.k. 1+000) (X=547.038/Y=4.667.115).

2. PO-430. Leirado-Leirado (diput.):

– Inicio en Leirado (PO-402) p.k. 0+000 (X=544.704/Y=4.664.519).

– Final en Leirado (EP-4006) p.k. 0+310 (X=544.822/Y=4.664.245).

3. PO-432. Salvaterra (PO-400)-Río Miño:

Tramo 1:

– Inicio en Salvaterra (PO-403) p.k. 0+000 (X=541.337 /Y=4.659.139), se considera incluida la glorieta del p.k. 0+000 donde conecta la carretera autonómica PO-403 y las carreteras ya transferidas al Ayuntamiento de Salvaterra el 10.7.2017, denominada PO-409, y el 24.6.2019, tramo inicial de la denominada PO-400, cuando eran autonómicas.

– Final en línea FFCC p.k. 0+280 (X=541.431/Y=4.658.878).

Tramo 2:

– Inicio en línea FFCC p.k. 0+290 (X=541.441/Y=4.658.865).

– Final Río Miño p.k. 0+430 (X=541.522/Y=4.658.738).

4. PO-433. Cabreira (PO-399)-Cabreira:

– Inicio en Cabreira (PO-399) p.k. 0+000 (X=537.580/Y=4.660.590).

– Final en Cabreira p.k. 0+470 (X=537.727/Y=4.660.199).

Tramos antiguos de carreteras a transferir en su totalidad (coordenadas X/Y en UTM ETRS89 huso 29):

1. Tramo antiguo de la PO-403:

– Inicio en el p.k. 2+330 ME de la actual PO-403 (X=541.501/Y=4.661.218).

– Final sin acceso en el p.k. 2+560 ME de la actual PO-403 (X=541.575/Y=4.661.405).

2. Tramo antiguo de la PO-404:

– Inicio en el p.k. 12+460 ME de la actual PO-404 (X=539.397/Y=4.660.034).

– Final en el p.k. 11+400 MD de la actual PO-510 (X=539.544/Y=4.660.129).

3. Tramo antiguo de la PO-409 (comprende dos tramos: uno por el ME de la PO-510, otro por el MI de la PO-510):

Tramo antiguo 1 en el MD de la PO-510:

– Inicio (X=539.567/Y=4.659.717).

– Final (X=539.538/Y=4.659.869).

Tramo antiguo 2 en el ME de la PO-510:

– Inicio (X=539.763/Y=4.659.632).

– Final (X=539.634/Y=4.659.711).

4. Tramo antiguo de la PO-420:

– Inicio, sin acceso, en enlace de Vilacoba p.k. 287+000 de la A-52 (X=546.975/Y=4.666.513)

– Final en el p.k. 0+200 ME de la actual PO-420 (X=547.093/Y=4.666.679).

– Corregir las coordenadas de los tramos antiguos de las carreteras PO-403, PO-404 y PO-420 recogidos en el convenio firmado entre el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño y la Agencia Gallega de Infraestructuras.

– Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la red autonómica de carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, en el sentido de reflejar este cambio de titularidad y eliminar del catálogo las carreteras PO-420, PO-430, PO-432 y PO-433.

El documento del Catálogo modificado podrá consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras e Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir los cambios de titularidad a los que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes al de esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponde al Ayuntamiento de Salvaterra de Miño, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales y de su dominio público asociado, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquier otra que pudier corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad