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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Jueves, 2 de diciembre de 2021 Pág. 58891

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2021 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación Centro de Innovación Aeroespacial de Galicia y se dispone su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Examinado el expediente de extinción de la Fundación Centro de Innovación Aeroespacial de Galicia, adscrita al protectorado de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 9 de noviembre de 2021 se presentó ante este protectorado la solicitud de ratificación y posterior inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego del acuerdo de extinción de la Fundación Centro de Innovación Aeroespacial de Galicia, adoptado por el patronato el 6 de julio de 2021.

Segundo. La Fundación Centro de Innovación Aeroespacial de Galicia se constituyó en escritura pública otorgada en Nigrán (Pontevedra) el 17 de noviembre de 2015, ante el notario Víctor Manuel Vidal Pereiro, con el número de protocolo 894, y fue clasificada de interés para la investigación y el desarrollo tecnológico por Orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia y Administraciones Públicas y Justicia de 22 de marzo de 2016 (DOG núm. 67, de 8 de abril) y declarada de interés gallego por Resolución de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (actualmente, Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación) de 26 de abril de 2016 (DOG núm. 86, de 6 de mayo). La citada fundación figura inscrita en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Galego con el número 2016/7.

Tercero. Los objetivos de la fundación, según consta en el artículo 7 de sus estatutos, son la contribución al fortalecimiento, potenciación, crecimiento y mejora de la competitividad en la industria de las tecnologías aeroespaciales de Galicia mediante el logro de la excelencia en la investigación y el desarrollo tecnológico. De manera prioritaria, este objeto se concretará en la construcción, dotación de recursos, puesta en marcha y gestión del Centro de Innovación Aeroespacial de Galicia.

Cuarto. El patronato de la fundación, en su reunión de 6 de julio de 2021, acordó la extinción de la fundación por no poder realizar el fin fundacional.

Quinto. En el expediente tramitado consta la siguiente documentación:

– Certificado del acuerdo de extinción adoptado por el patronato.

– Memoria justificativa de la causa de extinción.

– Las cuentas de la fundación en la fecha de adopción del acuerdo.

– Proyecto de distribución de los bienes y derechos resultantes de la liquidación.

Fundamentos de derecho:

Primero. Esta consellería resulta competente para ratificar el acuerdo adoptado por el patronato de la fundación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, en relación con el artículo 47 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego (en adelante, Ley 12/2006).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2.b) del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego (en adelante, Decreto 15/2009), corresponde a la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación la inscripción en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego de todos los actos relativos a las fundaciones sobre las que ejerza el protectorado.

Segundo. El artículo 44.1.c) y 3 de la Ley 12/2006 establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realización del fin fundacional, siendo necesario a tal efecto el acuerdo favorable del patronato, ratificado por el protectorado. El mismo artículo establece en el número 6 que el acuerdo de extinción se inscribirá en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Tercero. El acuerdo de extinción se adoptó de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa vigente y en los estatutos de la fundación, y fue aprobado por acuerdo del patronato, con las mayorías previstas en el Reglamento de Fundaciones de Interés Gallego. En el expediente tramitado consta la memoria justificativa de la causa de extinción y demás documentación establecida en los artículos 44 y 45 de la Ley 12/2006 y en el artículo 48 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego (en adelante, Decreto 14/2009).

Por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, en el Decreto 14/2009 y en el Decreto 15/2009, y demás normativa de general aplicación,

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción de la Fundación Centro de Innovación Aeroespacial de Galicia adoptado por el patronato en su reunión de 6 de julio de 2021.

Segundo. Ordenar la inscripción del acuerdo de extinción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 23 de noviembre de 2021

El vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación
P.D. (Orden de 24.6.2021; DOG núm. 127, de 6 de julio)
Pablo Casal Espido
Secretario general técnico de la Vicepresidencia Segunda
y Consellería de Economía, Empresa e Innovación