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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Lunes, 15 de noviembre de 2021 Pág. 56079

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Administración Local, sobre clasificación del puesto de trabajo denominado adjunto/a a la Intervención del Ayuntamiento de Ames como puesto reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría-intervención.

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Ames sobre clasificación del puesto de colaboración denominado adjunto/a a la Intervención, se emite resolución en base a los siguientes

Antecedentes de hecho:

Primero y único. El 24.9.2021 el Ayuntamiento de Ames presentó en el Registro de la Dirección General de Administración Local solicitud de clasificación de un puesto denominado adjunto/a a la Intervención como puesto de colaboración a la Intervención de la entidad local, reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional. Junto con esta solicitud acompañó la siguiente documentación:

– Memoria justificativa de la clasificación del puesto de colaboración adjunto/a a la Intervención.

– Certificación de la Intervención municipal acreditativa de los recursos de que dispone la entidad local según el último presupuesto aprobado, por importe de 29.888.817,03 €.

– Certificación de la última cifra del padrón municipal, que asciende a un total de 32.564 habitantes.

– Certificación de la Secretaría municipal del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Ames de 27.5.2021 por el que se aprueba inicialmente la décima modificación puntual de la relación de puestos de trabajo (RPT) del Ayuntamiento de Ames, en la que se incluía la creación de un nuevo puesto de trabajo de adjunto/a a la Intervención; de su sometimiento a información pública mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña nº 105, de 7.6.2021 (desde el 8.6.2021 hasta el 6.7.2021); de la no presentación de alegaciones durante el referido plazo de información pública y del anuncio de aprobación definitiva de la citada décima modificación puntual de la RPT publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña nº 134, de 19.7.2021.

– Certificación de la Secretaría municipal del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Ames de 29.7.2021 por el que se aprueba inicialmente la modificación de la plantilla que acompaña al presupuesto municipal del ejercicio económico 2021 con el objeto de incluir los cambios realizados tras la aprobación definitiva de la 10ª modificación de la RPT; de su sometimiento a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña nº 144, de 2.8.2021 (desde el 2.8.2021 hasta el 23.8.2021), de la no presentación de alegaciones durante el referido plazo de información pública y del anuncio de aprobación definitiva de la citada modificación del cuadro de personal publicado en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña nº 164, de 30.8.2021.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 92.bis, apartado 4, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (en adelante LRBRL) dispone que el Gobierno, mediante real decreto, regulará las especialidades de la creación, clasificación y supresión de puestos de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, así como las que puedan corresponder a su régimen disciplinario y de situaciones administrativas.

Las previsiones contenidas en el citado precepto fueron objeto de desarrollo en virtud del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (en adelante RD 128/2018).

Segundo. El artículo 6 del RD 128/2018 establece que son puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional los que tengan expresamente atribuida, según corresponda, la responsabilidad administrativa de las funciones reservadas de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económico financiera y presupuestaria y la contabilidad, tesorería y recaudación, debiendo ser la relación de puestos de trabajo el instrumento organizativo similar de cada entidad local donde queden reflejadas la denominación y características esenciales de los citados puestos de trabajo reservados.

Tercero. Por su parte, el artículo 15 del RD 128/2018 regula la posibilidad de las entidades locales de crear discrecionalmente otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica de los titulares de los últimos puestos de trabajo mencionados.

A estos puestos de colaboración les corresponderán las funciones reservadas que, previa autorización del alcalde o presidente de la Corporación, les encomienden los titulares de los puestos reservados de Secretaría, Intervención y Tesorería y la sustitución de estos últimos en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o concurrencia de causa de abstención o recusación legal o reglamentaria de los mismos.

Cuarto. La clasificación de estos puestos de colaboración corresponde a la Comunidad Autónoma de acuerdo con los criterios señalados en el artículo 15.3 del RD 128/2018, que en su letra b) indica que en las entidades locales con puestos de Secretaría e Intervención clasificados en clase 1ª los puestos de colaboración a las funciones de intervención podrán clasificarse en 1ª, 2ª y 3ª clase, y ser adscritos, respectivamente, a las subescalas de Intervención-Tesorería, categoría superior, Intervención-Tesorería, categoría de entrada y a la subescala de Secretaría-Intervención.

El Ayuntamiento de Ames considera necesario la creación de este puesto de colaboración debido al creciente volumen de trabajo y carga administrativa y a la variación e innovación continua en el marco normativo de referencia y a la ausencia de personal técnico cualificado en los servicios económicos del ayuntamiento al margen de la interventora municipal. Y todo ello con la finalidad de conseguir una mejora y mayor eficacia/eficiencia en las actuaciones propias de la Intervención y gestión económica municipal y, por extensión, y dada su afectación transversal respecto del conjunto de los procedimientos y/o expedientes municipales, de la actividad administrativa general del ayuntamiento.

Quinto. El RD 128/2018 atribuye a las comunidades autónomas, en su respectivo ámbito territorial, la competencia para clasificar los puestos reservados a los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, regulando el artículo 10 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, las normas generales para clasificación de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

El artículo 22.3.g) del Decreto 214/2020, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo, atribuye a la Dirección General de Administración Local la ejecución de las competencias que, con respecto al personal funcionario con habilitación de carácter nacional, le correspondan a la Comunidad Autónoma de Galicia.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta el informe emitido por el subdirector general de Régimen Jurídico Local,

RESUELVO:

Primero. Clasificar el siguiente puesto de colaboración del Ayuntamiento de Ames denominado adjunto/a a la Intervención, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, con las siguientes características:

Denominación: adjunto/a a la Intervención (clase 3ª).

Subescala: Secretaría-Intervención.

Forma de provisión: concurso.

Nivel de complemento de destino: 28.

Complemento específico: 19.956,25 €.

Segundo. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y remitir la publicación a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Potestativamente, y con carácter previo, los interesados podrán interponer recurso administrativo de reposición, ante este órgano directivo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Asimismo, la entidad local podrá presentar previamente requerimiento en el plazo de dos meses conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de dicha Ley 29/1998.

Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2021

Natalia Prieto Viso
Directora general de Administración Local