De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica a Segismundo Rial Ferradás, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado por no ser posible la notificación en el domicilio, que en aplicación de lo previsto en los artículos 21.3 y 25.1.b) de la LPAC el día 6 de octubre de 2021 el director de Puertos de Galicia dictó resolución que decreta el archivo de las actuaciones correspondientes al procedimiento administrativo sancionador de referencia por caducidad de las mismas, lo que se entiende sin perjuicio de la tramitación de un nuevo procedimiento en tanto no se produzca la prescripción de la infracción.
Santiago de Compostela, 28 de octubre de 2021
Roi Fernández Añón
Director general de Puertos de Galicia