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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Jueves, 11 de noviembre de 2021 Pág. 55631

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

ORDEN de 4 de noviembre de 2021 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 9 de agosto de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la creación y lanzamiento de plataformas de marketplace para productos agroalimentarios en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento CO300H).

La Orden de 9 de agosto de 2021 (DOG núm. 166, de 30 de agosto) establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la creación y lanzamiento de plataformas de marketplace para productos agroalimentarios en el medio rural y procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento CO300H).

En el artículo 1.3, párrafo segundo, de las bases reguladoras se establece la consideración de actuaciones subvencionables, siempre que sean realizadas y efectivamente pagadas desde el 1 de enero de 2021 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 17.

Por su parte, el artículo 17.1 de las bases reguladoras dispone que el pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en los lugares señalados en el artículo 3 de la orden de convocatoria y hasta el 15 de noviembre de 2021, de una copia de la documentación especificada en el citado artículo 17.

Teniendo en cuenta el proceso de evaluación, a fin de optimizar los procesos de gestión y dado que no se causa perjuicio a terceros, procede modificar el artículo 17.1 de las bases reguladoras ampliando el plazo hasta el 10 de diciembre de 2021 para permitir la mejor justificación por parte de las entidades beneficiarias.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación en materia de comercio interior, y en el ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo 17.1 del anexo I de la Orden de 9 de agosto de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la creación y lanzamiento de plataformas de marketplace para productos agroalimentarios en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento CO300H)

El primer párrafo del artículo 17.1 del anexo I de la referida orden queda redactado en los siguientes términos:

«El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en los lugares señalados en el artículo 3 de la orden de convocatoria y hasta el 10 de diciembre de 2021, de una copia de la siguiente documentación:».

Disposición última única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor ell día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2021

Francisco José Conde López
Vicepresidente segundo y conselleiro
de Economía, Empresa e Innovación