El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria de 14.9.2021, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Primero. Modificar las reservas de aprovechamiento lucrativo destinadas a algún régimen de protección pública, quedando las mismas de la siguiente manera:
• En suelo urbano no consolidado, en los sectores 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, el 10 % del aprovechamiento lucrativo, y en los sectores 3, 8 y 9, el 10 % del aprovechamiento lucrativo de uso residencial.
• En suelo urbanizable delimitado, en los sectores 1, 2, 3, 4, 5 y 6, el 10 % del aprovechamiento lucrativo, y en el sector 12, el 10 % del aprovechamiento lucrativo.
Segundo. Proceder a la publicación del presente acuerdo en el BOP, DOG y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Oroso, para general conocimiento.
Tercero. Según lo dispuesto en el artículo 84.1 de la citada Ley 2/2016, contra este acuerdo no cabe recurso en vía administrativa; no obstante, contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Se publica para general conocimiento.
Oroso, 4 de octubre de 2021
Luis Rey Villaverde
Alcalde