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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Jueves, 28 de octubre de 2021 Pág. 52843

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

DECRETO 144/2021, de 14 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto denominado Proyecto de acondicionamiento de sendero en el arroyo Pedrín y recuperación de su entorno en el ayuntamiento de Ribeira, en el término municipal de Ribeira (A Coruña).

El Ayuntamiento de Ribeira, en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2021, acordó solicitar a la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa del proyecto denominado Proyecto de acondicionamiento de sendero en el arroyo Pedrín y recuperación de su entorno en el ayuntamiento de Ribeira, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

Con fecha de 16 de agosto de 2021 tuvo entrada en el registro de la Dirección General de Administración Local de la Xunta de Galicia la solicitud del ayuntamiento de Ribeira y el expediente. Con fecha de 20 de agosto de 2021 el ayuntamiento adjuntó documentación complementaria a su solicitud inicial. El expediente contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.

El expediente se trató en la Comisión de Secretarios Generales previa su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.

El expediente contiene la documentación a la que se refiere el artículo primero de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que la actuación consistente en el acondicionamiento de un sendero y la recuperación ambiental del entorno pretende restablecer la riqueza natural y cultural del arroyo Pedrín. El curso fluvial de este riego está dominado por especies invasoras que condicionan el desarrollo del bosque de ribera y limitan su función ambiental. La eliminación de estas especies invasoras permitirá la regeneración del bosque de ribera con la plantación de especies propias de este ecosistema. Al mismo tiempo, se aprovechará la recuperación de elementos existentes para crear un hábitat propicio para la supervivencia de anfibios presentes en la zona en peligro de desaparición.

La urgencia viene dada por la necesidad de acometer las obras de eliminación de especies invasoras y acondicionamiento general de la ribera del arroyo Pedrín antes de que la temporada de máximas precipitaciones inunde los terrenos adyacentes al curso fluvial lo cual impediría el inicio de los trabajos. El inicio de los trabajos en esta época de máxima pluviosidad produciría arrastre de sedimentos con una incidencia negativa en las condiciones físico-químicas del agua y sobre la flora y fauna del arroyo. Las obras tampoco se pueden iniciar en primavera ya que interferirían en el hábitat en la época de crecimiento vegetativo y cría de las especies animales que se pretenden recuperar en este espacio.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo, y después de deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del catorce de octubre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto denominado Proyecto de acondicionamiento de sendero en el arroyo Pedrín y recuperación de su entorno en el ayuntamiento de Ribeira en el término municipal de Ribeira (A Coruña), debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, catorce de octubre de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo