Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Jueves, 7 de octubre de 2021 Pág. 49083

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Augas de Galicia

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2021 por la que se anuncia la apertura del período de información pública del documento titulado Propuesta de plan especial de sequía de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa y del documento ambiental estratégico.

Según se recoge en el artículo 26.2.f) de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, corresponde a la Administración hidráulica de Galicia la elaboración de los planes de sequía, a los que se refiere el artículo 27 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan hidrológico nacional, en el ámbito de las cuencas intracomunitarias y, en todo caso, la coordinación de los planes de emergencias de las entidades locales.

De este modo a la Administración hidráulica de Galicia le corresponde la elaboración del Plan de sequía del ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa, delimitada según se establece en la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.

El 7 de octubre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de Galicia el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 1 de agosto de 2013 que aprobaba el Plan de sequía de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa.

En la Ley 9/2019, de 11 de diciembre, de medidas de garantía del abastecimiento en los episodios de sequía y en las situaciones de riesgo sanitario se indica que con el conocimiento y la experiencia adquiridos en los años transcurridos desde la entrada en vigor de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, se considera necesario ordenar y delimitar con mayor detalle el alcance de los instrumentos de planificación, en particular el Plan de sequía de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa como herramienta clave en la coordinación entre las distintas administraciones y para que su efectividad se extienda a todas las fases en la evolución de un período de sequía o de una situación de riesgo sanitario. La disposición final tercera de la Ley 9/2019, de 11 de diciembre, recoge que en el plazo de dos años desde su entrada en vigor se aprobará un plan de sequía de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa adaptado a las previsiones contenidas en esta ley.

Además, cabe señalar que la actualización y revisión del Plan de sequía de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa aparece como una medida recogida en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica Galicia-Costa que fue aprobado por el Real decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las cuencas mediterráneas andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras.

El artículo 18 del Reglamento de la planificación en materia de aguas de Galicia, aprobado por el Decreto 1/2015, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la planificación en materia de aguas de Galicia y se regulan determinadas cuestiones en desarrollo de la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, recoge que el plan de sequía será sometido a información pública, audiencia de las partes afectadas y al informe del Consejo para el Uso Sostenible del Agua en los términos indicados en el apartado 4 del artículo 17.

En el artículo 17.4 del citado reglamento se establece que el plan se remitirá a las partes interesadas, a los efectos de que puedan presentar en el plazo de tres meses las propuestas y sugerencias que consideren oportunas. Igualmente, se remitirá al Consejo para el Uso Sostenible del Agua para que, en el mismo plazo, emita su informe específico. Simultáneamente el plan se pondrá a disposición del público durante el mismo plazo. Durante el plazo de información pública indicado, se iniciará la tramitación de la evaluación ambiental estratégica del plan, de acuerdo con las normas vigentes aplicables al mencionado procedimiento.

En relación con el procedimiento de evaluación ambiental estratégica, tal y como se establece en el artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el plan de sequía es objeto, en paralelo a su preparación y tramitación, de una evaluación ambiental estratégica simplificada, dado que se trata de una revisión del plan de sequía aprobado con anterioridad y que en ningún caso es el marco para la aprobación de nuevos proyectos.

Augas de Galicia está trabajando en la revisión y actualización del Plan especial de sequía de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa, por lo que en base a lo anterior, esta dirección

RESUELVE:

Someter a información pública a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y durante un plazo de tres (3) meses la Propuesta de plan especial de sequía de la Demarcación Hidrográfica de Galicia-Costa y el documento ambiental estratégico.

El documento del plan especial de sequía, que consta de memoria y anexos, y el documento ambiental estratégico podrán consultarse en la página web oficial de Augas de Galicia (https://augasdegalicia.xunta.gal/) durante un período de tres (3) meses En el plazo de información pública se podrán realizar las aportaciones y formular cuantas observaciones y sugerencias se estimen convenientes, dirigidas al organismo de cuenca, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Para el supuesto de ser un sujeto obligado a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas o de optar por este medio, las comunicaciones deberán realizarse presentando el formulario del procedimiento de presentación electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones que no dispongan de un sistema electrónico específico ni de un modelo electrónico normalizado, con código de procedimiento PR004A, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=PR004A).

En la medida en que los documentos de propuestas, observaciones y/o sugerencias presentados contengan datos de carácter personal, su entrega implicará, de conformidad con la legislación de protección de datos, el consentimiento de su publicación en el marco de este proceso participativo. El tratamiento de los datos personales se sujetará a lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y quien participe en este proceso podrá ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición, cumplimentando la debida solicitud dirigida a Augas de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2021

Teresa María Gutiérrez López
Directora de Augas de Galicia