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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Jueves, 23 de septiembre de 2021 Pág. 46698

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ORDEN de 17 de septiembre de 2021 por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento MT809D).

El día 12 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 22 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2021.

En su artículo 1 se dispone que la orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las personas titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas afectadas por los ataques de especies de fauna silvestre (lobo, jabalí y oso), con la finalidad de fomentar la aplicación de medidas de protección, para lo cual se incentivará la adquisición de elementos preventivos de los daños que puedan ocasionar estas especies, procediendo a su convocatoria para el año 2021.

El artículo 22 establece que el pago de la cantidad adjudicada a cada persona física o jurídica queda condicionado a la justificación de los gastos objeto de subvención y que el plazo máximo inicial para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 9 de octubre de 2021.

El elevado número de solicitudes presentadas dificulta el cumplimiento por las personas beneficiarias de los plazos establecidos en la orden para la ejecución y justificación de los gastos relativos a estas ayudas, toda vez que comprende tres líneas: una para la prevención de los daños ocasionados por el lobo (con dos sublíneas, una de ellas para la adquisición e instalación de vallados fijos), otra línea para la prevención de los daños ocasionados por el jabalí y una tercera para la prevención de los daños ocasionados por el oso.

En la tramitación de los expedientes se tuvieron que otorgar plazos para subsanar tanto documentación como errores y, además, en caso de la sublínea para la adquisición e instalación de vallados fijos, fue necesaria la realización de inspecciones previas en el campo para efectuar las comprobaciones oportunas de ajuste a lo solicitado.

Todo lo anterior ha generado una demora en la resolución de convocatoria, disminuyendo el tiempo efectivo disponible por los beneficiarios para la ejecución y la justificación correspondiente de los gastos objeto de subvención.

Esta situación provoca la necesidad de establecer nuevos plazos de ejecución y justificación de las mismas.

En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo 22.2 de la Orden de 22 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2021

1. Se modifica el artículo 22.2 que queda redactado como sigue: «El plazo máximo para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 26 de noviembre de 2021. Sin embargo, se podrá conceder, a petición justificada de la persona física o jurídica interesada realizada antes de la finalización del plazo establecido y siempre que no se perjudiquen derechos de terceros, una ampliación del plazo de justificación de las ayudas que no excederá la mitad del plazo inicialmente previsto».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2021

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda