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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Martes, 3 de agosto de 2021 Pág. 39039

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 22 de julio de 2021 por la que se autoriza la baja en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia de la Escuela de Danza Privada Rond de Jambe, de Ferrol (A Coruña).

Mediante la Orden de 19 de octubre de 1994 (DOG de 14 de noviembre) se autoriza la inclusión de la Escuela de Danza Privada de Rond de Jambe, de Ferrol, en el Registro de Escuelas de Música y Danza, de conformidad con la Orden de 11 de marzo de 1993, que regula las condiciones de creación y funcionamiento de las escuelas de música y danza en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La Dirección General de Centros y Recursos Humanos, inicia el expediente de baja de la Escuela de Danza Privada Rond de Jambe por no estar en funcionamiento en los últimos cinco cursos académicos.

Conforme con el Decreto 198/2020, de 20 de noviembre, que establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, le corresponde las competencias y funciones en materia de planificación, regulación y administración de la enseñanza reglada en toda su extensión.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo único. Baja en el registro

Autorizar la baja en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia de la Escuela de Danza Privada Rond de Jambe, con domicilio en la calle Magdalena, nº 200, 1º D, de Ferrol, código del centro: 15027459.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de julio de 2021

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad