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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Jueves, 8 de julio de 2021 Pág. 34851

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 100/2021, de 24 de junio, por el que se aprueba el Catálogo de carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia.

Según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Catálogo de carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia deberá ser aprobado por decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras.

El 22 de julio de 2003, de conformidad con lo previsto en la entonces vigente Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, entró en vigor el Decreto 308/2003, de 26 de junio, por el que se aprobaba la relación de carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La entrada en vigor de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, introduce el concepto de catálogo de carreteras y lo define en el apartado 1 de su artículo 10 como el instrumento público que sirve para identificar, inventariar, clasificar y, en su caso, categorizar funcionalmente las carreteras de las redes de cada Administración titular.

Además, la citada Ley 8/2013, junto con el Reglamento general de carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 66/2016, de 26 de mayo, establece una nueva clasificación técnica de las carreteras en autopistas, autovías, vías para automóviles y carreteras convencionales, y una nueva categorización funcional de las carreteras en red estructurante, red complementaria y red local.

Por otro lado, la ejecución de nuevas carreteras o variantes de carreteras existentes y la transferencia de titularidad de carreteras o tramos de estas a otras administraciones, entre otras actuaciones, provocan que la relación de carreteras autonómicas aprobada en el año 2003 resulte obsoleta.

Por lo tanto, resulta justificada la necesidad de aprobar un Catálogo de carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia, actualizado y adaptado a la normativa vigente en materia de carreteras, que substituya a la relación de carreteras autonómicas aprobada en el año 2003.

Por Resolución de la Agencia Gallega de Infraestructuras, de 16 de febrero de 2021, se aprobó provisionalmente el Catálogo de carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia.

El Catálogo de carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia se sometió a información pública mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de Galicia núm. 40, de 1 de marzo de 2021, a fin de que cualquier persona física o jurídica pudiese formular las alegaciones que estimase pertinentes.

El Catálogo de carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia contiene, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 19 del Reglamento general de carreteras de Galicia, la clasificación técnica de las carreteras que forman parte de la Red autonómica de carreteras de Galicia en autopistas, autovías, vías para automóviles y carreteras convencionales, su identificación y denominación, los puntos inicial y final de cada uno de los tramos que las constituyen y su respectiva longitud, así como su representación gráfica. Además, el Catálogo categoriza funcionalmente las carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia en red estructurante, red complementaria y red local.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de junio de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único

Aprobar el Catálogo de carreteras de la Red autonómica de carreteras de Galicia.

El documento se puede consultar en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad (https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/tema/c/CIV_Infraestruturas_Estradas).

Disposición derogatoria única

Queda derogado el Decreto 308/2003, de 26 de junio, por el que se aprueba la relación de carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final única

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad