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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Jueves, 8 de julio de 2021 Pág. 34949

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de junio de 2021, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses el acuerdo adoptado por este jurado relativo al deslinde parcial del monte de Baamonde, en el ayuntamiento de Begonte (expediente 1-77/6DES-2019).

En la sesión celebrada por el Jurado Provincial el día 2.6.2021, figura el siguiente acuerdo:

Monte Baamonde (expediente 1/77), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Baamonde, en el ayuntamiento de Begonte, clasificado por el Jurado el 28.11.1977.

– El 20.11.2019 tiene entrada una propuesta aprobada por la comunidad de Baamonde, de deslinde parcial del monte vecinal con propiedades particulares. La propuesta, tras serle requerido, resultó subsanada con la documentación presentada el 29.6.2020.

– El 7.8.2020, el Servicio de Montes emite un informe favorable de la propuesta de deslinde.

– El 21.8.2020 se envía al ayuntamiento de Begonte el anuncio a los efectos de su publicidad en su tablón.

– El 10.9.2020 se publica en el Diario Oficial de Galicia el anuncio por el que se hace pública la propuesta de deslinde y se abre el plazo para alegaciones.

Tras analizar las alegaciones presentados, el 12.1.2021 la comunidad de Baamonde presenta una propuesta, que es informada favorablemente por el Servicio de Montes el 17.3.2021.

– El 31.3.2021 la comunidad de Baamonde presenta la propuesta de la línea de deslinde definitiva y aporta la documentación requerida en el artículo 54 de la Ley 7/2012, de montes de Galicia.

– El 20.5.2021 el Servicio de Montes emite un informe en el que se especifican las modificaciones que se producen como consecuencia del deslinde. Según la nueva cartografía, el monte de Baamonde pasa a tener una superficie de 233,8 hectáreas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54.3 de la Ley 7/2012, en el caso de informe favorable, una vez ratificado el deslinde provisional por la asamblea general, se dará traslado al jurado provincial de los acuerdos alcanzados, el jurado provincial de montes vecinales en mano común dictará resolución aprobatoria del deslinde.

Visto lo anterior, el Jurado, por unanimidad, acuerda aprobar el deslinde y proceder a realizar las oportunas correcciones en el expediente, de conformidad con el informe elaborado por el Servicio de Montes.

El plano que figura en el anexo, al final de este anuncio, corresponde al monte vecinal tras el deslinde aprobado.

Contra este acuerdo, desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 17 de junio de 2021

Mª Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo

anexo

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