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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Martes, 22 de junio de 2021 Pág. 31322

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda y Administración Pública

EXTRACTO de la Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos consistentes en la instalación, mantenimiento y puesta en funcionamiento de cajeros automáticos y la prestación de un servicio de asistencia y formación financiera en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia (prioritariamente en los ayuntamientos sin entidad financiera en su territorio), y se convocan para las anualidades 2021 a 2025 (código de procedimiento FA500A).

BDNS (Identif.): 570746.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que puedan acreditar el cumplimiento de los requerimientos legales exigibles para la prestación de los servicios subvencionables.

El servicio de asistencia financiera deberá ser prestado por personal de entidades inscritas en el Registro de Entidades de Crédito del Banco de España, según lo dispuesto en la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, o tener la correspondiente autorización para operar en territorio español. En consecuencia, si la entidad beneficiaria no reúne tal condición, deberá subcontratar íntegramente el servicio de asistencia financiera y el servicio de formación, y tendrán que cumplir las obligaciones establecidos en el artículo 27 de la Ley 9/2007.

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias o prohibiciones señaladas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Segundo. Objeto

El objeto de esta subvención es incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos, por un período de 4 años, en los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la instalación, mantenimiento y puesta en funcionamiento de cajeros automáticos y la prestación a la ciudadanía de un servicio de asistencia y formación financiera durante dicho período.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos consistentes en la instalación, mantenimiento y puesta en funcionamiento de cajeros automáticos y la prestación de un servicio de asistencia y formación financiera en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia (prioritariamente en los ayuntamientos sin entidad financiera en su territorio), y se convocan para las anualidades 2021 a 2025 (código de procedimiento FA500A), publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Cuantía

Importe total de la convocatoria: 2.883.600,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de 18 de junio de 2021 en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de junio de 2021

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública