Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Lunes, 21 de junio de 2021 Pág. 31200

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3563/2020 MDM).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación (RSU) 3563/2020

Juzgado de origen/autos: OAL p. oficio Autoridad Laboral 679/2019 Juzgado de lo Social número 4 de Ourense

Recurrente: Decade Grupo Marketing, S.L.

Abogado: Josue Barbero Rapallo

Procuradora: Sonia Juiz Casas

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Fernando Coelho Sánchez, Manuel Alfonso Gómez Álvarez, Ángel Javier Álvarez González, Alejandro Andrade Alonso, George Andrei Radu

Abogado: letrado de la Seguridad Social, Fátima María Salgado Carbajales, (…), (…), (…), (…)

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3563/2020 de esta sección, seguido a instancia de Decade Grupo Marketing, S.L. contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Fernando Coelho Sánchez, Manuel Alfonso Gómez Álvarez, Ángel Javier Álvarez González, Alejandro Andrade Alonso y George Andrei Radu, sobre otros derechos laborales, se ha dictado Resolución con fecha 20 de mayo de 2021 cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos: que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la empresa Decada Grupo Marketing, S.L. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Ourense, de fecha 16 de enero de 2020, debemos confirmar íntegramente la resolución recurrida.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviese la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo Social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a George Andrei Radu, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de mayo de 2021

La letrada de la Administración de justicia