En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia con encabezamiento y fallo del tenor literal siguiente:
«Sentencia nº 283/2019.
Magistrada jueza: Laura Guede Gallego.
Ourense, 26 de febrero de 2019.
Vistos los presentes autos nº 1241/2017, sobre modificación de medidas, promovidos por la procuradora Sra. Lorenzo en nombre y representación de Laura González Fernández, como demandante asistida por la letrada Sra. Vidal, frente a D. Radi Yachou, declarado en rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal.
Fallo:
Estimo la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Lorenzo, en nombre y representación de Laura González Fernández, frente a D. Radi Yachou, y declaro la modificación de las medidas acordadas en la Sentencia de 7.2.2013 en los autos de divorcio 938/2012 de mutuo en los siguientes términos:
a) Se suspende el ejercicio de la patria potestad de Radi Yachou atribuyendo el ejercicio exclusivo de la patria potestad de S. y N. a su madre, Laura González Fernández.
No se imponen las costas del presente procedimiento a ninguna de las partes.
Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días, recurso de apelación (artículos 457 y ss. de la LEC) ante este tribunal, debiendo constituir el depósito legalmente establecido.
Así lo acuerda, manda y firma S.Sª. Doy fe».
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Radi Yachou, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Ourense, 21 de mayo de 2021
El/la letrado/a de la Administración de justicia