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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Martes, 15 de junio de 2021 Pág. 29773

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de A Coruña

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2021 por la que se convoca el concurso específico para la provisión de diversos puestos de trabajo correspondientes al personal funcionario de administración y servicios.

Al estar vacantes diversos puestos de trabajo de esta universidad, esta gerencia, en el uso de las atribuciones conferidas en el artículo 40 de los estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto 101/2004, de 13 de mayo (DOG de 26 de mayo), y de la delegación de competencias operada por Resolución rectoral de 14 de enero de 2020, en relación con el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, de acuerdo con lo que dispone el artículo 79 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, el artículo 91 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, el Decreto 93/1991, de la Xunta de Galicia, de 20 de marzo (DOG de 25 de marzo), modificado por el Decreto 166/2013, de 14 de noviembre (DOG de 18 de noviembre), el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado, la Resolución de 8 de enero de 2016, de la Universidad de A Coruña, por la que se hace pública la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de administración y servicios (DOG de 18 de enero) y sus modificaciones de 4.5.2018 y 3.2.2020 y después de consultar a la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios,

RESUELVE:

Publicar la convocatoria del concurso específico para cubrir los puestos que se relacionan en el anexo I de esta resolución, conforme a las siguientes

Bases

Primera. Requisitos y condiciones de participación

Podrán participar en este concurso todos los/las funcionarios/as de carrera de las escalas generales y de las escalas de facultativo/ayudante de la Universidad da Coruña, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme, así como los que pertenezcan a los distintos cuerpos o escalas de cualquiera de las administraciones públicas que se hallen en la fecha de esta convocatoria prestando sus servicios en esta universidad como funcionarios/as de carrera, siempre que reúnan, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes de participación, las condiciones y requisitos exigidos en esta convocatoria, así como lo establecido en el artículo 91 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, «el personal funcionario de carrera que ocupe con carácter definitivo un puesto de trabajo obtenido por concurso debe permanecer en él un mínimo de seis meses para poder participar en los concursos específicos».

Después de transcurrir el período de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para la persona peticionaria y los destinos adjudicados serán irrenunciables, excepto que se obtuviera otro destino por medio de convocatoria pública antes de finalizar el plazo de toma de posesión.

Segunda. Puestos de trabajo

Los puestos de trabajo son los que se detallan en el anexo I, y para poder optar a cualquiera de ellos será necesario pertenecer al grupo y al cuerpo o escala-subescala que se señala en ese anexo, así como reunir los requisitos específicos que se señalan en él y en la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de A Coruña, con las excepciones hechas en la base primera.

Tercera. Valoración de méritos

La valoración de los méritos de las personas aspirantes para la adjudicación de los puestos de trabajo que se solicitasen será como a continuación se indica.

1. Méritos generales.

1.1. Grado personal consolidado.

La valoración del grado personal consolidado se efectuará según los siguientes criterios:

Grado consolidado

Máximo: 15

30

15

29

14,5

28

14

27

13,5

26

13

25

12,5

24

12

23

11,5

22

11

21

10,5

20

10

19

9,5

18

9

17

8,5

16

8

1.2. Valoración del trabajo desarrollado.

La valoración del trabajo desarrollado en la UDC se efectuará según los siguientes criterios:

Se valorará el trabajo desarrollado en puestos actualmente catalogados como de funcionario que se ocupen con carácter definitivo o en adscripción provisional, y pertenecientes a la misma escala-subescala (administración general, bibliotecas, escala técnica).

En el caso de ocupar una plaza en comisión de servicios, este tiempo se valorará como prestado en el último puesto que se ocupó con carácter definitivo o con adscripción provisional.

Para la valoración del trabajo desarrollado en la UDC, se tomará la puntuación fijada por año para cada puesto en la tabla que a continuación se relaciona. Los períodos inferiores al año se prorratearán por meses.

Escala de administración general

Letrado/a asesor/a

2,45

Vicegerenta/e

2,375

Jefa/e de servicio

2,3

Jefa/e de sección

1,85

Administrador/a

1,775

Secretaria/o del rector, Consejo Social

1,325

Jefa/e de negociado

1,175

Secretaria/o del secretario general, vicerrector, gerente

Secretaria/o de decanato/dirección

0,875

Secretaria/o de Instituto Universitario

0,8

Secretaria/o administrativa/o

0,725

Puesto base ORI

0,650

Puesto base

0,5

Jefe de grupo

0,5

Escala de bibliotecas

Jefe/a de servicio

2,3

Jefe/a de sección

1,85

Director/a de biblioteca

1,775

Bibliotecario/técnico de archivo

1,175

Auxiliar técnico/a de biblioteca

0,8

En este punto, se considerarán servicios prestados en la UDC el trabajo desarrollado en la Universidad de Santiago de Compostela con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 3/1990, de 11 de enero, de segregación de centros y servicios de la Universidad de Santiago de Compostela con todos sus medios materiales y humanos y de su integración en las nuevas universidades de A Coruña y Vigo (DOG de 24 de enero).

El trabajo desarrollado en otras administraciones se valorará según la puntuación que se corresponda con los puestos que figuran en la tabla, según su nivel de complemento de destino y específico, de acuerdo con los niveles de complemento de destino y específico acreditados en la certificación de servicios prestados, o la proporción que corresponda. La diferencia por cada nivel será de 0,075, tanto de complemento de destino como de específico. En caso de que no se pueda certificar el nivel de complemento específico, se asimilará al complemento de destino.

Se asegurará como mínimo que la puntuación será la que corresponda al puesto de nivel inferior en el que se puede prestar servicios en esta universidad dentro de cada grupo funcionarial de la RPT vigente.

Puntuación máxima de este epígrafe: 25 puntos.

1.3. Antigüedad.

Los servicios prestados en la Administración pública, en que se incluyen los servicios previos reconocidos que se prestasen con anterioridad a la condición de funcionario de carrera, se valorarán por cada año completo (o fracción 1/12 por mes completo), hasta un máximo de 20 puntos, de la siguiente manera:

– Servicios prestados en otras administraciones: 0,534 puntos por año completo de servicio.

– Servicios prestados en el Sistema universitario de Galicia: 0,667 puntos por año completo de servicio.

En este punto se considerarán servicios prestados en la UDC el tiempo trabajado en centros adscritos de naturaleza jurídico-pública con anterioridad a su integración y de acuerdo con las normas de dicha integración.

Al amparo de lo dispuesto en el Real decreto 255/2006, por el que se modifica el Real decreto 364/1995 y el Real decreto 365/1995, se añadirá a la puntuación obtenida por antigüedad (por encima de los 20 puntos) y solamente se tendrá en cuenta para puestos de igual o inferior nivel al del puesto que ocupa en el momento del concurso con carácter definitivo o en adscripción provisional, y que se podrá obtener por los siguientes supuestos:

a) 1,25 puntos en caso de que el destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública, se localice en el municipio en que radique el puesto o los puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde un municipio distinto.

b) 1,25 puntos en el caso de acreditar el cuidado de hijos, tanto cuando fuesen por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que la persona interesada acreditase fehacientemente que el puesto solicitado permite una mejor atención del menor.

c) 1,25 puntos en el caso de acreditar el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, de accidente, de enfermedad o de discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde un municipio distinto, y siempre que la persona interesada acredite que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. La valoración de este supuesto será incompatible con la concedida por el cuidado de hijos.

1.4. Formación.

1.4.1. La valoración de los cursos se hará de acuerdo con los siguientes criterios:

En este subepígrafe serán valorados los cursos, impartidos y/o recibidos, de formación administrativa general, así como los cursos de formación y de perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo. No se evaluará la formación en el DEA sí se posee la titulación de doctor.

– Cursos de aptitud: 0,075 puntos por hora.

– Cursos de asistencia: 0,05 puntos por hora.

– Actividades formativas en las que no conste el número de horas: se computará una hora por día de la actividad.

Los cursos impartidos se evaluarán como un curso de aptitud por el número de horas de una edición.

Las estancias en otras universidades, convocadas para el PAS, de duración igual o superior a 5 días, se valorarán como 20 horas de asistencia a una acción formativa, entendiéndose incluidas en este apartado exclusivamente las convocadas para el personal de administración y servicios.

La puntuación máxima será de 15 puntos.

La formación que tuviese una antigüedad de más de 10 años en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias no podrá superar un máximo de 10 puntos.

1.4.1.1. Se valorarán los cursos organizados por la UDC, los recibidos en la EGAP, en el INAP, servicios de prevención y mutuas o en otros centros oficiales de cualquier Administración pública, así como los homologados por la EGAP y los impartidos por organizaciones sindicales y empresariales dentro de los programas de formación continua y otros organismos públicos. Igualmente, para los puestos reservados a las escalas de archivos, bibliotecas y museos, se valorarán los cursos específicos organizados por entidades profesionales, miembros de la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística.

1.4.1.2. Los títulos propios, el DEA y la suficiencia investigadora se valorarán como los cursos recogidos en el punto 1.4.1.1.

1.4.1.3. No se valorarán cursos académicos completos ni por materias de forma aislada.

1.4.1.4. No serán objeto de valoración los cursos preparatorios o integrantes de procesos selectivos que fuesen organizados por cualquier Administración.

1.4.2. Titulación académica.

Titulaciones

Máximo: 5

Doctor

5

Máster oficial (2º y sucesivos: 10 % del primero)

1º = 0,5 adicional

Licenciado / Grado

4

Diplomatura

3

Las equivalencias de titulaciones serán las establecidas por el Ministerio, y la persona interesada deberá citar la disposición y el BOE en que se establece.

No se dará la consideración de 2ª titulación a las que constituyan una especialidad por itinerario de la titulación o las titulaciones adaptadas al EEES (grados) a que se acceda a través de un curso puente.

En el supuesto de poseer dos titulaciones, cuando se acceda al segundo ciclo de una titulación mediante la superación del primer ciclo de otra, solamente se tendrá en cuenta la de nivel superior.

1.4.3. Conocimiento de la lengua gallega

Se valorarán los cursos según lo recogido en la Orden de 16 de julio de 2007 (DOG de 30 de julio) modificada por la Orden de 13 de junio de 2011 (DOG de 24 de junio), por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga), así como las equivalencias que esta última orden dispone en el artículo 5:

Gallego

Máximo: 5

Lenguaje administrativo, nivel superior, o Celga 5

5

Lenguaje administrativo, nivel medio

3,3

Celga 4

1,6

Celga 3

0,8

1.4.4. Conocimiento de idiomas.

El conocimiento de idiomas se valorará siguiendo los niveles de competencias lingüísticas establecidas por el Consejo de Europa en el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MECRL), según la tabla de equivalencias contenida en el anexo IV.

A los efectos de valoración del nivel de competencias lingüísticas, se tendrán en cuenta también las previsiones y equivalencias de los diferentes títulos obtenidos en las escuelas oficiales de idiomas regulados en el Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, así como en el Decreto 191/2007, de la Comunidad Autónoma de Galicia, de 20 de septiembre, por el que se establecen la ordenación de enseñanzas de idiomas de régimen especial y los currículos de los niveles básico e intermedio, y el Decreto 239/2008, de la Comunidad Autónoma de Galicia, de 25 de septiembre, por el que se establece el currículo de nivel avanzado.

Nivel

Máximo: 2,5

C2

2,25

C1

1,75

B2

1,25

B1

0,75

A2

0,25

A1

0,1

1.5. Grupo del cuerpo o escala de pertenencia.

Por el grupo al que pertenece el funcionario y desde el que participa en el concurso se concederán los siguientes puntos:

Subgrupo

Máximo: 12,5

A1

12,5

A2

9,375

2. Méritos específicos.

2.1. Esta fase está dirigida a la comprobación y a la valoración de los méritos específicos de las personas aspirantes a puestos de jefaturas de servicios, o puestos equivalentes con nivel de complemento de destino igual o superior al 28. Se efectuará de la siguiente forma:

Elaboración de un proyecto, exposición y defensa. Puntuación total 20 puntos.

Los solicitantes deberán elaborar una memoria en la que se evidencie el conocimiento del área a la que concursa, con un análisis de las tareas del puesto y los requisitos, condiciones y medios necesarios para desempeñarlo, así como una propuesta organizativa del puesto y área en la que se encuadra, que contenga los objetivos a desarrollar en los próximos dos años, y con la descripción de por lo menos dos acciones para cada objetivo marcado.

A los efectos de lo anterior, los solicitantes deberán presentar por escrito y defender oralmente este proyecto, en un acto público, y ante la comisión para el puesto al que se concurse.

Con esa finalidad, se presentará el proyecto en el plazo de solicitud de la convocatoria del concurso. en un sobre blanco, tamaño 36 cm × 26 cm, cerrado y sin ningún tipo de identificación en el que aparezca solo la dirección de la Universidad de A Coruña. Deberá tener una extensión máxima de 20 páginas, en tamaño A4 a espacio y medio y con un tipo de letra Times New Roman o Arial de tamaño 12. Dentro de este sobre se incluirá, además del proyecto, un segundo sobre cerrado y también sin identificación, dentro del cual el aspirante indicará sus datos personales (nombre, apellidos y fotocopia del documento nacional de identidad).

La valoración del proyecto se hará en dos fases:

Fase a). Lectura del proyecto por parte de la comisión evaluadora. La valoración se hará sin conocer el nombre de los aspirantes y se evaluará con un máximo de 10 puntos, que resultará del promedio aritmético de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión. Esta puntuación se hará pública antes de la exposición.

Fase b). Exposición pública del proyecto. La valoración se hará con base en los criterios que previamente establezca la comisión. El tiempo máximo de intervención para la defensa y exposición por cada candidato será de 30 minutos. Con posterioridad, tendrá que atender las preguntas, las aclaraciones, los comentarios y las sugerencias que puedan formularle los miembros de la comisión. La puntuación será de 10 puntos como máximo, que resultará del promedio aritmético de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión, una vez escuchada la exposición y concluido el diálogo con la persona aspirante. El aspirante deberá obtener en esta segunda fase una puntuación mínima de 5 puntos para conservar la puntuación obtenida en la primera fase. En el caso de no presentarse o no obtener esta puntuación mínima, no se le computará la puntuación obtenida en la fase a) precedente.

El acto será único para todos los aspirantes a un mismo puesto y será público. Los aspirantes serán convocados para la exposición y defensa pública por la Universidad de A Coruña con una antelación de, como mínimo, 3 días hábiles. Una vez otorgada la puntuación del proyecto, la comisión levantará el acta correspondiente, que será publicada en el plazo máximo de los cinco días siguientes a la fecha de la exposición, y en la que deberán figurar los criterios de valoración aplicados por la comisión.

La evaluación de los méritos de esta segunda fase se efectuará mediante la puntuación obtenida con el promedio aritmético de las otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión evaluadora, descartando a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la evaluación final, deberán reflejarse en el acta que se redactará al efecto.

La valoración global de los méritos, generales y específicos, supondrá como mínimo el cincuenta y cinco por ciento de la puntuación máxima alcanzable, según se establece en el punto 4 del artículo 91 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia.

Cuarta. Solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en este concurso y el modelo de currículo se ajustarán al modelo que se publica como anexo II y III de esta resolución y deberán presentarse en el Registro General de la Universidad de A Coruña, en los registros auxiliares de A Zapateira y del Campus de Ferrol (Esteiro), o en las restantes formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de quince días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

En el supuesto de que fuesen varios los puestos que se solicitasen, la preferencia de ellos vendrá establecida por el orden en que aparezcan consignados en la solicitud.

En caso de que no coincida el número de puesto con la denominación de este, prevalecerá el nombre del puesto.

Quinta. Relación de personas admitidas y excluidas

Después de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Personal elaborará una propuesta que será trasladada al gerente, que resolverá declarando la relación de personas admitidas y excluidas, donde se indicará la causa de exclusión. Esta relación se publicará en la sede electrónica y las personas excluidas tendrán un plazo de diez días hábiles para reclamar en contra de la exclusión.

Sexta. Comisión de Valoración

Los méritos serán valorados por una comisión. La composición de esta comisión será publicada en la sede electrónica de la UDC.

La Comisión de Valoración tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 144/2008, de 26 de junio, por el que se modifica el Decreto 144/2001, de 7 de junio, de indemnizaciones por razones de servicios al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia.

Séptima. Acreditación de méritos

Los requisitos, los méritos y demás datos deberán ser acreditados por las personas interesadas mediante la presentación de los documentos y de los títulos originales, o de fotocopias compulsadas, y las certificaciones de las correspondientes unidades de personal. Las certificaciones deberán estar referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los servicios prestados en la Administración pública serán acreditados de oficio por el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de A Coruña. En caso de que estos no constasen en el expediente de la persona interesada, deberán ser acreditados mediante una certificación expedida por la jefatura de personal de la administración donde se prestasen.

La Comisión de Valoración no tendrá en cuenta los méritos que la persona interesada no acredite documentalmente.

No obstante, la Comisión de Valoración podrá, si lo considerase oportuno, requerir de las personas concursantes la presentación de los documentos adicionales, las aclaraciones y las pruebas que consideren precisas.

Octava. Resolución del concurso y toma de posesión

El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado por la puntuación total que se obtenga. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo al orden de valoración de méritos establecida en el artículo 10.1 del Decreto de la Xunta de Galicia 93/1991, de 20 de marzo, que aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna.

Después de finalizar los trabajos de valoración de méritos, la Comisión de Valoración publicará en la sede electrónica de la UDC las puntuaciones que obtengan las personas aspirantes por cada concepto, así como la propuesta provisional de adjudicación de los puestos, contra la que las personas interesadas podrán formular reclamaciones en el plazo de diez días hábiles que contarán a partir del día siguiente al de su publicación.

Después de transcurrir este plazo, la comisión remitirá al gerente la propuesta definitiva de adjudicación de puestos a favor de las personas solicitantes que obtuviesen la mayor puntuación, y especificará, en su caso, los puestos que quedasen desiertos.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de siete días hábiles si comporta cambio de residencia.

Cuando el/la adjudicatario/a del puesto obtenga con su toma de posesión el reingreso al servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse en la fecha que se determine justificadamente mediante resolución del órgano convocante publicada en el Diario Oficial de Galicia. Si implica el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha fecha.

Esta convocatoria y sus bases vinculan a la Administración y a los que participen en ella.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer un recurso de reposición ante este rectorado, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre).

A Coruña, 3 de junio de 2021

El rector de la Universidad de A Coruña
P.D. (Resolución de 14.1.2020)
Ramón del Valle López
Gerente de la Universidad de A Coruña

ANEXO I

Relación de puestos ofertados de personal funcionario

NP

Puesto

Unidad

Centro directivo

N. C. destino

N. C. específico

C. específico

Tipo

Provisión

Subgrupo

Escalas especiales

Turno

Campus

Formación específica

Observaciones

61

Jefatura de servicio

Servicio de Gestión Financiera

Gerencia

28

29

1.447,35

S

C

A1/A2

 

M

C

 

89

Jefatura de servicio

Servicio de Personal de Administración y Servicios

Gerencia

28

29

1.447,35

S

C

A1/A2

 

M

C

 

205

Jefatura de servicio

Servicio de Biblioteca Universitaria

Vicerrectoría de Política Científica, Investigación y Transferencia

28

29

1.447,35

S

C

A1/A2

Facultativo/Ayudante

M

C

 

Notas:

El nivel de conocimiento de idiomas será el que establece la Orden de 18 de febrero de 2011 (DOG de 26.4.2011) de la siguiente manera:

Para los grupos A1 y A2: nivel C1. Para los grupos C1 y C2: nivel B2.

Formación específica:

1. Dominio de idiomas, preferentemente inglés.

2. Inglés y otro idioma de la Unión Europea fuera del Estado español.

3. Dominio de los idiomas inglés y francés. Se valorarán como méritos conocimientos de otros idiomas, principalmente de países de la Unión Europea.

4. Gallego, inglés y francés. Conocimiento en el desarrollo de páginas webs.

5. Formación de nivel superior en PRL.

6. Especialidad en diseño gráfico.

7. Conocimiento en el desarrollo de páginas web y tratamiento digital de imágenes y publicación.

8. Experiencia en la coordinación y ejecución de tareas de la Unidad de Técnicas Instrumentales de Análisis, en el diseño del mantenimiento de los equipos de la misma y en su manipulación.

9. Experiencia en la coordinación y ejecución de tareas de la Unidad de Espectrometría Molecular, mantenimiento de los equipos de resonancia magnética nuclear y espectrometría de masas y en la manipulación de equipos y optimización de los mismos.

10. Experiencia y conocimientos en el diseño del mantenimiento, manipulación, puesta a punto y establecimiento de las condiciones de operación de los equipos de la Unidad de Microscopia. Previsión de fungibles.

11. Experiencia en el diseño del mantenimiento, puesta a punto y establecimiento de las condiciones de operación de los equipos de la Unidad de Análisis Estructural. Optimización de recursos de operación, realización de experimentos y previsión de fungibles.

12. Permiso de conducción clase D.

ANEXO II

Concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de A Coruña

(Convocado por la Resolución de 3 de junio de 2021)

Modelo de solicitud

Don/Doña_________________________________________________________________

Cuerpo/escala/subescala:

Grupo:

Situación administrativa:

DNI:

Puesto que ocupa:

Nivel:

Centro o dependencia:

Grado consolidado:

Domicilio:

Teléfono:

Solicita los puestos siguientes:

Orden de

petición

Nº puesto

(1)

Denominación del puesto

Turno

Centro de destino:

(1) Indíquese una R si el puesto se solicita a resultas, por no estar actualmente vacante.

SI DESEA CONDICIONAR LA SOLICITUD, indique en la casilla de abajo el NIF, apellidos y nombre del/de la cónyuge o pareja de hecho:

(Deberá acreditar la relación de pareja)

A Coruña, ____ de _____________ de 2021

Fdo.:__________________________________

Gerente de la UDC

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ANEXO IV

Tabla de equivalencias en el Marco europeo común de referencia de las lenguas

 

A1

A2

B1

B2

C1

C2

Alemán

Start Deutsch 1

Fit in Deutsch 1,

ÖSD (GD 1, KD1)

CertAcles A1

Start Deutsch 2

Fit in Deutsch 2,

EOI básico 2,

DSD-A2,

ÖSD (GD 2, KD2)

CertAcles A2

Zertifikat Deutsch (ZD)

Zertifikat Deutsch für Jugendliche (ZDj)

EOI (intermedio 2, 3º ciclo elemental),

DSD I,

ÖSD (ZD, ZDj)

CertAcles B1

TestDaF

Zertifikat Deutsch für den Beruf (ZDfB), EOI (avanzado 2, 2º ciclo superior), DSH-1,

Goethe Institut B2,

ÖSD MD

CertAcles B2

TestDaF

Prüfung Wirtschaftsdeutsch International (PWD), DSH-2, DSD II,

Goethe Institut C1,

ÖSD OD

CertAcles C1

Zentrale Oberstufen-

prüfung (ZOP)

Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS)

Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS), DSH-3, ÖSD WD

CertAcles C2

Catalán

 

Certificat de nivell bàsic de català

Certificat de nivell elemental de català

Certificat de nivell intermedi de català

Certificat de nivell suficiència de català

Certificat de nivell superior de català

Chino

HSK I

HSK II

HSK III

HSK IV

HSK V

HSK VI

Danés

 

Prøve i Dansk 1

Prøve i Dansk 2

Prøve i Dansk 3

Studieprøven

 

Euskera

 

 

PL 1 – IVAP y Osakidetza

Lehenengo maila/Nivel 1 HABE Intermedio

PL 2 – IVAP y Osakidetza

PL 1 – Ertzaintza

Bigarren maila/Nivel 2 HABE Avanzado

Euskararen Gaitasun Agiria (EGA)

PL 3 – IVAP y Osakidetza

PL 2 – Ertzaintza

Hirugarren maila/Nivel 3 HABE

Laugarren maila/Nivel 4 HABE

Finés

 

Suomen kieli perustaso 1

Suomen kieli perustaso 2-3

keskitaso 3

Suomen kieli keskitaso 4-5 ylintaso 5

Suomen kieli

ylintaso 6

Suomen kieli

ylintaso 7-8

Francés

Diplôme initial de langue française (DILF), Diplôme d’Etudes en Langue Française (DELF A1), TCF niveau 1, TEF 1

CertAcles A1

Diplôme d’Etudes en Langue Française (DELF A2), EOI básico 2, TCF niveau 2, CEFP 1, TEF 2

CertAcles A2

Diplôme d’Etudes en Langue Française (DELF B1), EOI (intermedio 2, 3º ciclo elemental), TCF niveau 3, CEFP 2, TEF 3

CertAcles B1

Diplôme d’Etudes en Langue Française (DELF B2), EOI (avanzado 2, 2º ciclo superior), TCF niveau 4, TCF-DAP, TEF 4

CertAcles B2

Diplôme Approfondi de Langue Française (DALF C1),

TCF niveau 5, DS,

TEF 5

CertAcles C1

Diplôme Approfondi de Langue Française (DALF C2),

TCF niveau 6, DHEF, TEF 6

CertAcles C2

Griego

 

CGL Level A`

Elinomathias Elemental, Bebaevsh Ellhnomaqeiai (Veveosi linomathias)

CGL Level B`

Elinomathias Vantage, Epipedo Eparkias,

CGL Level C´

CGL Level D´

 

Inglés

Preliminary English Test (PET), GESE 2. LTE A1,

CertAcles A1

Key English Test (KET),

Young Learners,

BULATS 1, ISE 0,

GESE 3 y 4, LTE 1, EOI básico 2, IELTS 3.5

CertAcles A2

Aptis A2

Preliminary English Test, (PET), BEC 1,

BULATS 2, ISE I,

GESE 5 y 6 LTE 2, English for Tourism, JETSET ESOL B1, ELSA B1, EOI (intermedio 2, 3º ciclo elemental), IELTS 4-5, TOEFL (iBT, cBT, pBT) B1, CertAcles B1

Aptis B1

First Certificate in English (FCE),

ICFE, BEC 2,

BULATS 3, ILEC,

ISE II, GESE 7, 8 y 9 LTE 3, Certificate of Competency U. Michigan. EOI (avanzado 2, 2º ciclo superior), IELTS 5.5-6.5

TOEFL iBT B2

CertAcles B2

Aptis B2

Certificate in Advanced English (CAE),

ICFE, BEC 3,

BULATS 4,

ILEC, ISE III,

GESE 10 y 11

LTE 4, IELTS 7-8,

TOEFL (iBT, cBT, pBT) C1

CertAcles C1

Aptis C1

Certificate of Proficiency in English (CPE),

BULATS 5,

ISE IV, GESE 12

LTE 5, Certificate of Proficiency U. Michigan, IELTS 8.5-9

CertAcles C2

Italiano

Diploma Elementare di

Lingua Italiana (DELI), PLIDA A1, CELI-IMPATTO,

CILS A1

CertAcles A1

Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana Livello 1 (CELI 1), PLIDA A2, EOI básico 2, CILS A2, DELI

CertAcles A2

Diploma Intermedio di Lingua Italiana (DILI/DILC) Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana Livello 2 (CELI 2), PLIDA B1, EOI (intermedio 2, 3º ciclo elemental), CIC 1,

CILS Uno

CertAcles B1

Diploma Avanzado di Lingua Italiana (DILI II)

Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana Livello 3 (CELI 3), PLIDA B2, EOI (avanzado 2, 2º ciclo superior), CILS Due

CertAcles B2

Diploma Commerciale di Lingua Italiana (DALI / DALC) Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana Livello 4 (CELI 4), PLIDA C1, CIC A, CILS Tre

CertAcles C1

Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana Livello 5 (CELI 5), PLIDA C2,

CILS Quattra

CertAcles C2

Japonés

N5 (antiguo 4-kyû)

N4 (antiguo 3-kyû)

N3

N2 (antiguo 2-kyû)

N1 (antiguo 1-kyû)

Luxemburgués

 

Zertifikat Lëtzebuergesch als Friemsprooch (ZLaF)

Éischten Diplom Lëtzebuergesch als Friemsprooch (1DLaF)

Zweten Diplom Lëtzebuergesch als Friemsprooch (2DLaF)

 

Ieweschten Diplom Lëtzebuergesch

Neerlandés

 

Profiel Toeristische en Informele Taalvaardigheid (PTIT)

Profiel Maatschappelijke Taalvaardigheid (PMT)

Staatsexamen Nederlands als Tweede Taal Examen I (NT2-I)

Profiel Professionele Taalvaardigheid (PPT)

Staatsexamen Nederlands als Tweede Taal Examen II (NT2-II)

Profiel Academische Taalvaardigheid (PAT)

 

Noruego

 

 

Språkprøven i norsk for voksne innvandrere

 

Test i norsk for fremmed-språklige Høyere nivå

 

Portugués

CertAcles A1

Certificado Inicial de Português Língua Estrangeira (CIPLE)

CertAcles A2

Diploma Elementar de Português Língua Estrangeira (DEPLE)

CertAcles B1

Diploma Intermédio de Português Língua Estrangeira (DIPLE)

CertAcles B2

Diploma Avançado de Português Língua Estrangeira (DAPLE)

CertAcles C1

Diploma Universitário de Português Língua Estrangeira (DUPLE)

CertAcles C2

Ruso

I. Pushkin (certf 5 meses)

Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ B) Básico/Bazoviy,

I. Pushkin (diplom 2 años)

Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ I) Primero/Perviy,

I Pushkin (diplom 4 años)

Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ II) Segundo/Vtoroy

Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ III) Tercero/Tretii

Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ IV) Cuarto/Chetvertiy

Sueco

 

 

Sfi-provet

 

Test in Swedish for University

Studies (TISUS)

 

Valenciano

 

Certificat de coneixements orals de valencià

Certificat elemental de coneixements de valencià

Certificat mijtà de coneixements de valencià

Certificat superior de coneixements de valencià